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Uso Progresivo de la Fuerza Policial: Regulación y Desafíos

14/04/2026

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El uso de la fuerza por parte de las fuerzas del orden es un tema de constante debate y crucial importancia en cualquier sociedad democrática. No se trata de una acción arbitraria, sino de un proceso regulado y medido, conocido como el uso progresivo de la fuerza. Este concepto busca asegurar que la respuesta policial sea siempre proporcional a la amenaza o resistencia encontrada, salvaguardando tanto la seguridad de los ciudadanos como la de los propios agentes. En los últimos años, diversas naciones latinoamericanas han puesto especial énfasis en la necesidad de marcos legales claros y mecanismos de supervisión robustos para garantizar que la acción estatal se ejerza con legitimidad y respeto por los derechos humanos.

¿Quién evaluará las acciones de la fuerza armada permanente en tareas de Seguridad Pública?
“Las acciones de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública estarán sujetas al control y evaluación del Poder Legislativo Federal, por conducto de una Comisión Bicamaral”, se estableció en la enmienda, junto con el desglose de todas las atribuciones para cumplir con esa función revisora. Publicidad Lo último

La implementación efectiva del uso progresivo de la fuerza no solo requiere de una legislación clara, sino también de una formación rigurosa y de una fiscalización constante. Es un equilibrio delicado entre la capacidad del Estado para mantener el orden y la obligación de proteger las libertades individuales. Abordaremos cómo se definen estos niveles de fuerza, los nuevos mecanismos de evaluación para el personal militar en tareas de seguridad pública y las recientes legislaciones que buscan regular este poder tan sensible.

Índice de Contenido

Los Niveles del Uso Progresivo de la Fuerza: Una Aproximación Detallada

Las doctrinas sobre el uso progresivo de la fuerza establecen una secuencia escalonada de acciones que el personal policial debe aplicar, comenzando con las opciones menos intrusivas y escalando únicamente si la situación lo amerita. Una disposición reciente especifica que los niveles del uso progresivo de la fuerza para el personal policial son cinco. Sin embargo, existe un elemento clave que, aunque fundamental, a menudo se omite en ciertas clasificaciones: la visualización o el contacto visual.

Este nivel, que en doctrinas de diferentes países se ubica comúnmente en el segundo eslabón de la cadena de mando de la fuerza, tiene una lógica innegable. Antes de cualquier contacto físico o el despliegue de herramientas coercitivas, la simple presencia policial, el contacto visual y la comunicación verbal son herramientas poderosas para disuadir, calmar o dirigir a un individuo. La falta de reconocimiento explícito de este nivel en algunas normativas puede representar una oportunidad perdida para la desescalada temprana de conflictos, llevando a situaciones que podrían haberse resuelto sin necesidad de una intervención física más directa. La comunicación y la presencia son a menudo los primeros y más efectivos niveles de contención antes de escalar a medidas más coercitivas.

La Fiscalización de la Fuerza Armada en Tareas de Seguridad Pública: Un Nuevo Horizonte

La participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública es un tema complejo que requiere de una supervisión estricta para asegurar que sus acciones se enmarquen dentro de los límites constitucionales. En México, por ejemplo, se ha establecido un plazo para la creación de una instancia encargada de evaluar las acciones de la fuerza armada permanente en tareas de Seguridad Pública. El límite para crear esa instancia venció el 19 de enero de 2023, dejando dos escenarios posibles: la convocatoria a sesiones extraordinarias del Congreso para crear e instalar ese grupo, o la espera hasta que el Congreso reinicie sus trabajos.

Una vez que esta Comisión Bicamaral sea aprobada e instalada, sus miembros legisladores deberán prepararse para evaluar y emitir un dictamen sobre la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad. La primera revisión está prevista para mayo próximo, cumpliendo el plazo establecido tras una reforma que modificó las reglas para la revisión de la participación del Ejército por parte del Poder Legislativo.

¿Cómo se preparan los efectivos policiales y militares para el uso progresivo de la fuerza?
Los efectivos policiales y militares deben ser preparados en el uso progresivo de la fuerza según como avanza el conflicto y el peligro que este represente para la vida de los propios elementos del orden y de terceros.

La importancia de esta nueva comisión radica en que su integración fue parte de un acuerdo político clave para extender la militarización de la seguridad pública hasta 2028, mediante reformas al artículo 5 transitorio del decreto constitucional que creó la Guardia Nacional. Anteriormente, la Ley de la Guardia Nacional solo requería que el Poder Ejecutivo presentara un informe anual al Senado. Ahora, en cambio, la Comisión Bicamaral deberá analizar y dictaminar si el Ejército se sujetó, en periodos de evaluación semestrales, a los límites constitucionales. Estos límites exigen que la actuación militar sea extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria a los cuerpos civiles de seguridad.

Además, esta Comisión tendrá atribuciones significativas: podrá señalar en qué estados ya no se requiere la presencia permanente de las Fuerzas Armadas, emitir recomendaciones al Ejecutivo y, si es necesario, solicitar información o citar a los titulares de la Defensa Nacional (Sedena), de Marina (Semar), de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y de la Guardia Nacional (GN) para que rindan explicaciones. Esta nueva estructura de fiscalización busca asegurar una mayor transparencia y rendición de cuentas en la delicada labor de las Fuerzas Armadas en funciones de seguridad pública.

Comparación de Mecanismos de Fiscalización de las Fuerzas Armadas en Seguridad Pública (México)
AspectoAntes de la Reforma (Pre-2023)Después de la Reforma (Post-2023)
Mecanismo de EvaluaciónInforme anual del Poder Ejecutivo al Senado.Comisión Bicamaral con facultades de evaluación y dictamen.
Frecuencia de EvaluaciónAnual.Semestral.
Alcance de la EvaluaciónInforme de actividades desarrolladas por la Guardia Nacional.Análisis de adhesión a límites constitucionales (extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada, complementaria).
Capacidad de AcciónRecepción de informe.Emitir recomendaciones, solicitar información, citar a titulares, señalar estados sin necesidad de presencia militar.
Tipo de ControlPrincipalmente informativo.Control y evaluación activo por el Poder Legislativo Federal.

Preparación y Marco Legal: Hacia un Uso Legítimo y Responsable de la Fuerza

La preparación de los efectivos policiales y militares en el uso progresivo de la fuerza es fundamental para garantizar que sus acciones sean legítimas y proporcionadas. En junio de 2022, la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó la Ley que regula el uso legítimo de la fuerza, un hito importante que busca proteger los derechos y libertades constitucionales, así como la seguridad integral de los habitantes.

Esta ley, con carácter excepcional, confiere la potestad del uso de la fuerza a los servidores de la Policía, Fuerzas Armadas y seguridad penitenciaria. Uno de los temas más debatidos durante su elaboración fue la protección del derecho a la protesta social pacífica. Se solicitó explícitamente que la ley excluyera lo relacionado con el control de manifestaciones pacíficas y, de hecho, el texto aprobado prohíbe el uso de armas letales en este tipo de operativos, precisamente para salvaguardar la integridad de las personas. Los legisladores enfatizaron que la capacitación de los efectivos debe ser constante y adaptada al avance del conflicto y al peligro que este represente para la vida de los propios elementos del orden y de terceros.

La Ley ecuatoriana establece un marco regulatorio integral que incluye:

  • Determinación de los derechos y obligaciones de los servidores públicos.
  • Establecimiento del deber de prevención y protección, especialmente en situaciones que involucren a niños, niñas, adolescentes y otros grupos de atención prioritaria.
  • Regulación de los contextos y circunstancias específicas en que se puede hacer uso legítimo y excepcional de la fuerza.
  • Normalización de los procedimientos y requisitos para los informes que deben elevarse en estos casos.
  • Establecimiento del marco de regulación para la capacitación, el entrenamiento y la evaluación de los servidores sujetos a esta ley.

Es crucial entender que una ley por sí sola no es una solución completa a los problemas de delincuencia común o crimen organizado. Los asambleístas ecuatorianos también señalaron la necesidad de que el Gobierno Nacional transfiera oportunamente los recursos necesarios para la Policía, reconociendo que la infraestructura y el apoyo logístico son tan importantes como el marco legal para una aplicación efectiva y responsable de la fuerza.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué es el uso progresivo de la fuerza policial?

Es un principio que establece que el personal policial debe aplicar niveles de fuerza de manera escalonada, de menor a mayor intensidad, siempre proporcionalmente a la resistencia o amenaza encontrada. El objetivo es resolver la situación con la mínima cantidad de fuerza necesaria.

¿Cuáles son los niveles del uso progresivo de la fuerza policial?
Esta Disposición especifica que los niveles del uso progresivo de la fuerza del personal policial son 5. Sin embargo falta de visualización o contacto visual que está ubicado en el segundo nivel. Esta opción consta en las doctrinas de diferentes países que se refieren a este tema . Y tiene su lógica, pues:

¿Por qué es importante el contacto visual o la visualización en el uso progresivo de la fuerza?

Aunque a veces no se incluye explícitamente en todas las clasificaciones de niveles, el contacto visual y la comunicación verbal son cruciales. Representan un nivel de disuasión y desescalada temprana, permitiendo a los agentes intentar resolver una situación sin necesidad de recurrir a medidas físicas o coercitivas. Es una herramienta preventiva y de control verbal.

¿Quién evalúa las acciones de las Fuerzas Armadas cuando realizan tareas de seguridad pública?

En países como México, se ha establecido o está en proceso de establecerse una Comisión Bicamaral (conformada por miembros de ambas cámaras del Poder Legislativo) encargada de evaluar y dictaminar sobre la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, asegurando que se apeguen a los límites constitucionales.

¿Se puede usar fuerza letal en manifestaciones pacíficas?

No. Las legislaciones modernas, como la Ley que regula el uso legítimo de la fuerza en Ecuador, prohíben explícitamente el uso de armas letales en el control de manifestaciones pacíficas. La ley busca garantizar el derecho a la protesta y a la resistencia, priorizando la salvaguarda de la integridad de las personas.

¿Cómo se preparan los efectivos policiales y militares para el uso de la fuerza?

Se preparan mediante programas de capacitación y entrenamiento continuo, que deben estar alineados con los principios del uso progresivo y legítimo de la fuerza. Estos programas abordan desde la comunicación y la desescalada hasta el uso de herramientas de contención, siempre enfatizando el respeto a los derechos humanos y la proporcionalidad.

En resumen, el uso progresivo de la fuerza es un pilar fundamental para la actuación policial y militar en la seguridad pública. Requiere de una constante revisión de sus niveles, una capacitación rigurosa y, sobre todo, una fiscalización efectiva por parte de los poderes del Estado. La creación de comisiones de supervisión y la aprobación de leyes claras son pasos esenciales para asegurar que la fuerza se ejerza siempre de forma legítima, protegiendo los derechos y libertades de los ciudadanos, y fortaleciendo la confianza en las instituciones encargadas de velar por el orden y la seguridad.

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