¿Cuáles son las medidas inspectivas a adoptar finalizadas las actuaciones inspectivas?

SUNAFIL: Medidas Inspectivas al Final de la Investigación

06/04/2026

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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) se erige como la máxima autoridad en Perú en lo que respecta a la fiscalización y supervisión del cumplimiento de la normativa sociolaboral. Su labor es fundamental para garantizar que los derechos de los trabajadores sean respetados y que las empresas operen dentro del marco legal establecido. El procedimiento inspectivo que lleva a cabo SUNAFIL es un proceso estructurado que se divide en dos etapas principales: la de investigación o fiscalización, a cargo del personal de inspección, y la etapa de sanción. Este artículo se adentrará en la primera de estas fases, desglosando sus componentes, las facultades de los inspectores, los derechos de los administrados y, crucialmente, las medidas inspectivas que pueden adoptarse una vez finalizadas las actuaciones de investigación.

¿Quiénes están obligados a colaborar en la actuación inspectiva?
embros.¿QUIÉNES SE ENCUENTRAN OBLIGADOS A COLABORAR EN LA ACTUACIÓN INSPECTIVA?Los empleadores, los trabajadores y los representantes de ambos, así como los demás sujetos responsables del cumplimiento de las normas del orden sociolaboral, están obligados a colaborar con los Supervisores-Inspectores, los I

La actuación de la inspección del trabajo, tal como lo establece la Ley General de Inspección de Trabajo (LGIT), abarca a todos los sujetos obligados o responsables del cumplimiento de las normas sociolaborales. Esto incluye tanto a empleadores del sector privado como a aquellos del sector público o empresas estatales que se rijan por el régimen laboral de la actividad privada. La inspección se inicia con el propósito de investigar posibles incumplimientos y se lleva a cabo en empresas, centros y lugares de trabajo. Los inspectores de trabajo y auxiliares gozan de una esencial autonomía técnica y funcional, lo que les confiere una garantía de independencia en el ejercicio de sus importantes funciones.

Índice de Contenido

La Etapa de Investigación o de Actuaciones Inspectivas: Un Proceso Clave

La etapa de investigación es el corazón del procedimiento inspectivo, donde se despliegan todas las facultades y medios de investigación a cargo de la inspección del trabajo. Su objetivo principal es comprobar el cumplimiento de las normas sociolaborales, y su desarrollo puede culminar en dos escenarios bien definidos:

  • Sin Incumplimientos o Subsanados: Si durante la investigación no se constatan incumplimientos o, habiéndolos detectado, estos fueron subsanados oportunamente por el sujeto inspeccionado, el inspector o equipo a cargo emitirá un informe de actuaciones inspectivas. Este documento certifica el cumplimiento o la corrección de las anomalías, y el expediente se procede a archivar.
  • Con Incumplimientos no Subsanados: Cuando se detectan incumplimientos que no fueron subsanados a tiempo, o se comprueban infracciones de naturaleza "insubsanable", el inspector o inspectores a cargo emitirán un crucial “acta de infracción”. Este documento es el detonante para la siguiente fase del proceso: la etapa sancionadora.

Orígenes de las Actuaciones Inspectivas: ¿Cómo se Inicia una Fiscalización?

Las actuaciones inspectivas de SUNAFIL no surgen de la nada; tienen causas específicas que las originan. Comprender estos orígenes es fundamental para cualquier empleador o trabajador. Las actuaciones inspectivas pueden tener su inicio en alguna de las siguientes circunstancias:

  • Orden de Autoridades Competentes: Pueden ser iniciadas por una orden directa de las autoridades del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o de otros órganos de las administraciones públicas con competencia en inspección laboral.
  • Solicitud Fundamentada de Órganos Externos: Otro órgano del Sector Público o cualquier órgano jurisdiccional puede solicitar una inspección, siempre y cuando justifique su requerimiento y determine su finalidad.
  • Por Denuncia: Es una de las vías más comunes. Cualquier ciudadano, trabajador o entidad puede presentar una denuncia ante SUNAFIL si considera que se están incumpliendo las normas laborales.
  • Decisión Interna del Sistema de Inspección del Trabajo: SUNAFIL, de oficio, puede decidir iniciar una inspección basándose en sus propios criterios de riesgo o planificación.
  • Iniciativa de los Inspectores del Trabajo: Si durante el desarrollo de una inspección ya en curso, los inspectores detectan hechos relacionados o contrarios al ordenamiento jurídico vigente, pueden ampliar o iniciar nuevas actuaciones.
  • A Petición de Empleadores, Trabajadores u Organizaciones: En el marco de actuaciones de información y asesoramiento técnico sobre el adecuado cumplimiento de las normas, estas partes pueden solicitar la intervención de SUNAFIL.

Los sujetos que pueden solicitar una inspección de SUNAFIL son variados y se resumen en el siguiente cuadro:

Tipo de SujetoEjemploTipo de Solicitud
Autoridades PúblicasMinisterio de Trabajo, Poder JudicialOrden o Solicitud Fundamentada
CiudadanosTrabajador afectadoDenuncia
Organizaciones SindicalesSindicato de empresaDenuncia o Asesoramiento
Organizaciones EmpresarialesGremio empresarialAsesoramiento
EmpleadoresEmpresaAsesoramiento
Inspectores de TrabajoIniciativa propia (durante otra inspección)
SUNAFILDecisión interna del Sistema

Las Amplias Facultades del Inspector de Trabajo: Conociendo sus Límites y Potestades

Los inspectores de trabajo y los inspectores auxiliares poseen un conjunto de facultades bien definidas en la LGIT y el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General (TUO de la LPAG). Estas potestades son esenciales para el cumplimiento de su misión fiscalizadora:

  • Ingreso Sin Previo Aviso a las Instalaciones: Los inspectores pueden ingresar sin notificación previa y en cualquier momento del día o de la noche a los centros de trabajo. Deben identificarse y comunicar su presencia al sujeto inspeccionado o a su representante, salvo que consideren que esto pueda perjudicar la eficacia de la inspección. Se debe respetar el derecho de inviolabilidad del domicilio cuando corresponda.
  • Acompañamiento: Tienen la potestad de hacerse acompañar por trabajadores, sus representantes, peritos, técnicos u otros profesionales que consideren necesarios para la investigación.
  • Ampliación o Variación del Objeto de la Fiscalización: Si durante las diligencias se detectan incumplimientos adicionales a los inicialmente expresados en la orden de inspección, los inspectores pueden ampliar o variar el objeto de la fiscalización.
  • Apoyo de la Policía: En caso de ser necesario, el apoyo de la policía les será concedido de inmediato sin necesidad de requerimiento previo, bajo responsabilidad.
  • Realización de Interrogatorios: Pueden interrogar a trabajadores, al empleador o a terceros para esclarecer los hechos. En situaciones donde los trabajadores muestren temor a represalias, el inspector puede entrevistarlos a solas.
  • Levantamiento de Información: Están facultados para tomar copias de archivos (físicos, ópticos, electrónicos), fotografías, realizar impresiones, grabaciones de audio o video (con conocimiento previo del administrado) y, en general, utilizar cualquier medio para generar un registro completo y fidedigno de su actuación.

Derechos de los Administrados Fiscalizados: Un Equilibrio Necesario

Así como los inspectores tienen facultades, los administrados fiscalizados (empresas o sus representantes) también poseen derechos fundamentales garantizados por el TUO de la LPAG. Estos derechos buscan asegurar un proceso transparente y justo:

  • Ser Informados: Tienen derecho a ser informados sobre el objeto y el sustento legal de la acción de supervisión.
  • Requerir Credenciales: Pueden solicitar las credenciales y el documento nacional de identidad de los funcionarios, servidores o terceros a cargo de la fiscalización.
  • Realizar Grabaciones: Tienen el derecho de realizar grabaciones en audio o video de las diligencias en las que participen.
  • Incluir Observaciones: Sus observaciones pueden ser incluidas en las actas correspondientes.
  • Presentar Documentos Adicionales: Pueden presentar documentos, pruebas o argumentos adicionales incluso después de recibir el acta de fiscalización.
  • Contar con Asesoría Profesional: Si lo consideran necesario, pueden llevar asesoría profesional a las diligencias.
  • Brindar Facilidades: Están obligados a brindar todas las facilidades necesarias para que los inspectores puedan ejecutar sus facultades.
  • Permitir Acceso: Deben permitir el acceso a sus dependencias, instalaciones, bienes y equipos, respetando el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio cuando corresponda.
  • Suscribir el Acta: Tienen el derecho de firmar el acta de fiscalización.

Medidas Inspectivas a Adoptar Finalizadas las Actuaciones Inspectivas: El Desenlace de la Investigación

Una vez que las actuaciones de investigación han concluido, el inspector de trabajo tiene la potestad de ordenar diversas medidas inspectivas. Estas medidas tienen como finalidad principal preservar los derechos de los trabajadores, evitar que continúen riesgos inherentes a las condiciones de trabajo y asegurar el cumplimiento de la normativa. Es crucial entender que estas medidas no son sanciones en sí mismas, sino acciones correctivas o preventivas que buscan regularizar la situación. Las principales medidas que SUNAFIL puede determinar son:

  • Requerir Modificaciones: El inspector puede estipular un plazo razonable para que el sujeto inspeccionado realice las modificaciones necesarias que garanticen el cumplimiento de las disposiciones relativas a la salud o a la seguridad de los trabajadores. Esto puede incluir mejoras en infraestructura, equipos o procesos.
  • Ordenar la Paralización o Cierre Temporal: En situaciones de riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores, y conforme al Decreto de Urgencia 044-2019, los inspectores están facultados para ordenar la paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas, o incluso el cierre temporal de un área o unidad económica, debido a la inobservancia de la normativa de prevención de riesgos laborales. Esta es una medida de fuerza mayor para proteger la vida y la integridad física de los trabajadores.
  • Otorgar un Plazo para el Cumplimiento de Normas: Se concede un tiempo determinado y razonable para que se adopten las medidas necesarias que conduzcan al cumplimiento de las normas sociolaborales. Esta medida es común para infracciones subsanables que no implican un riesgo inminente, como el pago de beneficios sociales o la regularización de contratos.
  • Extensión del Acta de Infracción: Si, a pesar de las medidas de requerimiento o si la infracción es insubsanable, se advierte el incumplimiento de las normas sociolaborales, el inspector procede a extender el acta de infracción. Este documento es la formalización de los hallazgos de incumplimiento y da inicio a la siguiente fase del procedimiento: la etapa instructora del procedimiento sancionador.

Es importante destacar que la emisión del acta de infracción no es la primera opción, sino el resultado de que los incumplimientos detectados no fueron subsanados oportunamente o eran de naturaleza insubsanable. La filosofía detrás de las medidas inspectivas previas es la de fomentar la corrección y el cumplimiento voluntario por parte del empleador.

¿Cuáles son las medidas inspectivas a adoptar finalizadas las actuaciones inspectivas?
Medidas inspectivas a adoptar finalizadas las actuaciones inspectivas Una vez finalizadas las actuaciones de investigación, el inspector puede ordenar medidas inspectivas con el fin de preservar el derecho de los trabajadores o evitar que continúen riesgos inherentes a las condiciones del trabajo. En ese sentido, podría determinar lo siguiente:

Fases del Procedimiento Inspectivo Laboral: Del Inicio a la Sanción

El procedimiento inspectivo laboral, una vez iniciadas las actuaciones de investigación, sigue un camino claro que puede bifurcarse dependiendo de los hallazgos:

1. Inicio de Funciones de Investigación

La orden de inspección es el documento que formalmente da inicio a la investigación. A partir de su recepción, los inspectores tienen un plazo máximo de diez (10) días hábiles para iniciar sus actuaciones inspectivas, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados.

2. Desarrollo de la Investigación y sus Posibles Desenlaces

  • No Existe Infracción: Si tras la investigación no se detecta ninguna infracción a las normas laborales, o las detectadas fueron subsanadas en el plazo otorgado, el inspector emite un informe de actuaciones inspectivas en un plazo de 30 días hábiles. Este informe detalla el cumplimiento y conduce al archivo del expediente.
  • Se Comprueba Infracción Sociolaboral: Si se detectan infracciones, los inspectores pueden emitir medidas de advertencia, requerimiento, cierre temporal de un área o unidad económica, o paralización/prohibición de trabajos o tareas, según corresponda. La autoridad competente puede ordenar un seguimiento para verificar el cumplimiento de estas medidas.

3. Subsanación o Infracción: El Cruce de Caminos

La subsanación juega un papel crucial en el procedimiento. Si el sujeto inspeccionado subsana las infracciones dentro del plazo otorgado por el inspector mediante la medida de requerimiento, se emite un informe dejando constancia del cumplimiento. Esto evita la imposición de una multa.

Incluso, las sanciones por infracciones a la labor inspectiva (como no permitir el ingreso o no entregar documentación) pueden tener una reducción del 90% si el sujeto inspeccionado acredita haber subsanado todas las infracciones antes de la expedición del acta de infracción. Sin embargo, si la subsanación ocurre después del vencimiento del plazo del requerimiento, pero antes de la notificación de imputación de cargos, esta será evaluada por la autoridad instructora del procedimiento sancionador.

¿Qué son las actuaciones inspectivas de consulta o asesoramiento técnico?
Actuaciones inspectivas de consulta o asesoramiento técnico: Estas actuaciones se llevan a cabo mediante visitas al centro de trabajo o, según el modo que determine la autoridad inspectiva.

Una vez finalizada la investigación, y si persisten los incumplimientos, se emite el acta de infracción. Este documento marca el fin de la etapa de investigación y el inicio formal de la etapa instructora del procedimiento sancionador, donde se determinará la responsabilidad y la posible imposición de multas.

Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre las Actuaciones Inspectivas

¿Cuál es el plazo máximo para iniciar las actuaciones inspectivas?

De manera general, las actuaciones inspectivas deben iniciarse en un plazo máximo de diez (10) días hábiles de recibida la orden de inspección, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada. Este plazo asegura la celeridad en la intervención de SUNAFIL.

¿Qué son las actuaciones inspectivas de consulta o asesoramiento técnico?

A diferencia de las actuaciones de investigación o comprobatorias, las actuaciones inspectivas de consulta o asesoramiento técnico tienen un fin puramente orientador. Se llevan a cabo mediante visitas al centro de trabajo o por otros medios que determine la autoridad inspectiva, y su objetivo es orientar y asesorar a empleadores y trabajadores sobre el correcto cumplimiento de la normativa sociolaboral. No buscan sancionar, sino promover una cultura de cumplimiento. Al finalizar, el personal inspectivo emite un informe detallando las materias de asesoramiento y los consejos brindados.

¿Cuál es el plazo máximo para iniciar las actuaciones inspectivas?
es deben iniciar sus actuaciones inspectivas:De manera general, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles de recibida la orden de inspección, salvo caso fort ito o fuerza mayor debidamente acreditada.” (*) Numeral y literal modifcado por el artículo 2 del Decreto Supremo N°

¿Quiénes están obligados a colaborar en la actuación inspectiva?

La colaboración es un pilar fundamental para el éxito de la inspección. Están obligados a colaborar con los Supervisores-Inspectores, los Inspectores del Trabajo y los Inspectores Auxiliares: los empleadores, los trabajadores y sus representantes, así como cualquier otro sujeto responsable del cumplimiento de las normas del orden sociolaboral. Esta obligación implica facilitar el acceso, proporcionar información y responder a los requerimientos del personal inspectivo.

Conclusión

La etapa de actuaciones inspectivas es, sin duda, la columna vertebral del procedimiento de fiscalización laboral en Perú. Es en esta fase donde SUNAFIL, a través de sus inspectores, ejerce sus facultades para verificar el cumplimiento de los derechos laborales. Las medidas inspectivas adoptadas al final de esta etapa, ya sean requerimientos de subsanación, paralizaciones o la emisión del acta de infracción, son esenciales para corregir irregularidades y garantizar la protección de los trabajadores. Comprender este proceso no solo es vital para los empleadores que buscan operar en la legalidad, sino también para los trabajadores que desean asegurar el respeto de sus derechos. SUNAFIL, con su estructura y procedimientos, busca no solo sancionar, sino también promover una cultura de cumplimiento y respeto en el ámbito laboral, contribuyendo a un mercado de trabajo más justo y equitativo.

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