24/02/2026
Cada año, miles de aspirantes aguardan con expectación la publicación de la Oferta de Empleo Público (OEP) de la Policía Nacional, un paso fundamental para quienes sueñan con vestir el uniforme y servir a la sociedad. Esta aprobación no es un mero trámite administrativo, sino un proceso complejo y vital que asegura la renovación y el fortalecimiento de uno de los pilares de nuestra seguridad. En este artículo, desglosaremos los aspectos más relevantes de la OEP, centrándonos en el proceso y los detalles de la oferta aprobada en un año clave, para entender cómo se garantiza la operatividad de nuestras fuerzas de seguridad y el cumplimiento de su misión.

La planificación de los recursos humanos en un cuerpo tan esencial como la Policía Nacional requiere de una previsión y una base legal sólidas. La aprobación de la OEP es el punto de partida para que miles de ciudadanos puedan iniciar su camino hacia una carrera de servicio público, contribuyendo directamente a la protección y el bienestar de todos. Analizaremos no solo las fechas y cifras, sino también los principios y la normativa que rigen este proceso tan significativo.
- ¿Cuándo se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Policía Nacional?
- El Meticuloso Marco Legal Detrás de Cada Convocatoria
- La Urgencia de la Aprobación: Garantía de Servicio Esencial
- Cifras y Distribución de Plazas en la Oferta de Empleo 2020
- La Tasa de Reposición: Un Concepto Clave
- Consideraciones Adicionales para Futuras Convocatorias
- Preguntas Frecuentes (FAQ)
- ¿Se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Policía Nacional todos los años?
- ¿Cuál fue la fecha de aprobación de la OEP 2020?
- ¿Cuántas plazas se convocaron en la OEP 2020 para acceso libre?
- ¿Existe algún tipo de reserva de plazas para militares en la Policía Nacional?
- ¿Qué significa la 'tasa de reposición' en el contexto de la OEP de la Policía Nacional?
- ¿Hubo cambios recientes en las causas de exclusión médica para acceder a la Policía Nacional?
- ¿Cómo se garantiza la difusión de las convocatorias de la Policía Nacional?
- Conclusión
¿Cuándo se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Policía Nacional?
La aprobación de la Oferta de Empleo Público de la Policía Nacional es un acto que, por su naturaleza, se realiza anualmente. Esta periodicidad es fundamental para garantizar una incorporación constante de nuevos efectivos que aseguren el normal funcionamiento de la Administración y, en este caso particular, de un cuerpo tan relevante para la seguridad ciudadana. La necesidad de contar con personal de nuevo ingreso de manera regular es imperativa para mantener los niveles de operatividad y cubrir las bajas por jubilación o cualquier otra causa.
En el caso específico al que se refiere la información proporcionada, la Oferta de Empleo Público para el año 2020 fue aprobada mediante un Real Decreto el 21 de julio de 2020. Esta aprobación se llevó a cabo tras la deliberación del Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministro del Interior y a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, y con el informe favorable del Ministerio de Hacienda. Es importante destacar que, aunque los Presupuestos Generales del Estado para 2020 no estaban aprobados y se encontraban prorrogados los de 2018, la legislación vigente permitía y requería esta aprobación para asegurar la continuidad de los procesos de selección.
La aprobación de la OEP se alinea con las directrices generales de política de personal del Gobierno, buscando un equilibrio entre las necesidades de los distintos departamentos y la disponibilidad presupuestaria. Es un claro ejemplo de cómo la administración planifica a largo plazo para asegurar la prestación de servicios esenciales a la ciudadanía, adaptándose a las circunstancias económicas y normativas de cada ejercicio.
El Meticuloso Marco Legal Detrás de Cada Convocatoria
La aprobación de la Oferta de Empleo Público no es un acto discrecional, sino que se enmarca en un robusto entramado legal que le confiere legitimidad y estructura. La base de este proceso se encuentra en la propia Constitución Española, específicamente en su artículo 134.4, que prevé la prórroga automática de los Presupuestos Generales del Estado en ausencia de unos nuevos. Esto fue crucial para el año 2020, que operó bajo la prórroga de los presupuestos de 2018.
Un pilar fundamental es el artículo 19.tres de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. Este precepto establece que es competencia del Gobierno aprobar la oferta de empleo público para la Administración General del Estado, sus organismos públicos y demás entes. Esta aprobación se realiza a iniciativa de los departamentos u organismos competentes (en este caso, el Ministerio del Interior) y a propuesta del Ministerio de Política Territorial y Función Pública. Esta cadena de responsabilidades garantiza la coordinación y la adecuación de la OEP a las necesidades reales de cada sector.
Además, el proceso cumple con los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Estos principios buscan asegurar que las normas sean necesarias, eficaces, proporcionales, transparentes y coherentes, lo que se traduce en un proceso de selección justo y equitativo para todos los aspirantes.
De manera supletoria, y de vital importancia para la Policía Nacional, el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), establece que la aprobación de la OEP se realizará anualmente. Este artículo garantiza la cadencia temporal anual necesaria para cubrir las incorporaciones de personal, asegurando la continuidad y el normal funcionamiento de la Administración, un principio clave para el mantenimiento de los efectivos de la Policía Nacional.
Finalmente, el Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, que aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación de la Policía Nacional, también es tenido en cuenta en el establecimiento de la oferta, delimitando las bases para la selección y la preparación de los futuros agentes.
La Urgencia de la Aprobación: Garantía de Servicio Esencial
La aprobación de la Oferta de Empleo Público para la Policía Nacional no es solo una cuestión de cumplimiento legal, sino una necesidad perentoria para la operatividad y la eficacia de un servicio público esencial. El propio real decreto que aprueba la OEP de 2020 subraya esta urgencia, destacando varios motivos de peso.
En primer lugar, la programación de la estructura y la duración del período de formación previo al acceso a las Escalas Ejecutiva y Básica de la Policía Nacional es un factor determinante. Si la aprobación de las plazas se retrasa, esto conlleva inevitablemente un aplazamiento en el inicio de los procesos selectivos. Un retraso en los procesos selectivos se traduce, a su vez, en un retraso en el cumplimiento del período formativo y, consecuentemente, en la incorporación efectiva de los nuevos agentes a sus puestos de trabajo. Esta demora impediría el adecuado mantenimiento de los medios personales indispensables para la adecuada prestación de servicios.
La Policía Nacional, por su naturaleza, se enfrenta constantemente a retos complejos en materia de seguridad pública. Desde la lucha contra el crimen organizado y el terrorismo hasta la ciberseguridad y la protección ciudadana, las demandas sobre este cuerpo son continuas y evolucionan. Mantener una dotación de personal adecuada y bien formada es crucial para poder dar una respuesta efectiva a estos desafíos.
Además, las singularidades del despliegue territorial de la Policía Nacional, que abarca todo el territorio nacional, requieren una planificación constante de los recursos humanos para asegurar la presencia y la capacidad de respuesta en cada rincón del país. La no aprobación inmediata de la OEP comprometería seriamente la capacidad del cuerpo para renovar sus filas y mantener la vitalidad necesaria para enfrentar las exigencias diarias de la seguridad.
Por lo tanto, la aprobación sin demora de la oferta de empleo público se convierte en una medida indispensable para garantizar que la Policía Nacional disponga de los efectivos necesarios para cumplir con sus funciones encomendadas, manteniendo la excelencia en el servicio a la ciudadanía y asegurando la estabilidad y el orden en España.
Cifras y Distribución de Plazas en la Oferta de Empleo 2020
La Oferta de Empleo Público de la Policía Nacional para el año 2020 autorizó un número significativo de plazas, distribuidas entre las diferentes escalas para atender las necesidades del cuerpo. La cuantificación de estas plazas es un aspecto central de la OEP, ya que define el volumen de incorporación de nuevos agentes y la estructura de su formación y carrera.
Se autorizó la convocatoria para oposición libre en la Policía Nacional de:
- 125 plazas en la Escala Ejecutiva.
- 2.366 plazas en la Escala Básica.
Esto suma un total de 2.491 plazas para acceso por oposición libre en el año 2020. Esta distribución busca fortalecer ambas escalas, asegurando tanto la base operativa como los cuadros de mando y dirección del cuerpo.
Reserva de Plazas para Militares Profesionales
Una particularidad importante de la OEP de la Policía Nacional es la reserva de plazas para militares profesionales de tropa y marinería. Del total de 2.366 plazas autorizadas para ingreso por oposición libre en la Escala Básica, se reservaron 473 plazas específicamente para este colectivo. Para optar a estas plazas, los militares deben haber cumplido al menos cinco años de servicios como tales. Esta medida se fundamenta en el artículo 20.5 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, en su redacción dada por la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional. Esta reserva reconoce la experiencia y el servicio previo de los miembros de las Fuerzas Armadas, facilitando su transición a la Policía Nacional.
Es importante señalar que las plazas reservadas a militares profesionales que no sean cubiertas se acumularán a las autorizadas por oposición libre en la Escala Básica de la Policía Nacional, garantizando que el total de plazas ofertadas sea cubierto en su totalidad.
Promoción Interna en la Policía Nacional
Además de las plazas de nuevo ingreso, la OEP también contempla la promoción interna, un mecanismo crucial para el desarrollo profesional y la progresión de los miembros del cuerpo. La autorización de las 125 plazas para oposición libre en la Escala Ejecutiva conlleva la convocatoria de un número adicional de plazas para su provisión por promoción interna.
En la OEP 2020, se autorizó la convocatoria de 250 plazas para la Escala Ejecutiva que debían ser cubiertas por promoción interna, específicamente desde la categoría de Subinspector. Esta disposición se ajusta a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, que regula los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía. La promoción interna es vital para motivar al personal, reconocer su experiencia y asegurar que los puestos de mayor responsabilidad sean ocupados por profesionales con un profundo conocimiento de la institución.
A continuación, se presenta una tabla resumen de las plazas autorizadas en la OEP 2020:
| Escala | Plazas de Oposición Libre | Plazas por Promoción Interna | Plazas Reservadas para Militares (Escala Básica) | Total de Plazas Ofertadas (por origen) |
|---|---|---|---|---|
| Escala Ejecutiva | 125 | 250 (desde Subinspector) | N/A | 375 |
| Escala Básica | 2.366 | N/A | 473 | 2.366 (incluye reserva) |
| Total General | 2.491 | 250 | 473 | 2.741 |
Nota: Las plazas reservadas a militares forman parte del total de las plazas de oposición libre de Escala Básica. Las plazas totales son la suma de las de oposición libre y las de promoción interna.
La Tasa de Reposición: Un Concepto Clave
La tasa de reposición es un concepto fundamental en la gestión del empleo público, y su aplicación en la Oferta de Empleo Público de la Policía Nacional es un claro ejemplo de cómo se regula la incorporación de personal al servicio del Estado. En términos sencillos, la tasa de reposición define el porcentaje de plazas que se pueden cubrir de nuevo ingreso en relación con las bajas producidas en el año anterior (por jubilación, fallecimiento, etc.).
El marco normativo que delimitó las incorporaciones de personal al servicio del sector público durante el ejercicio 2020 fijó la tasa de reposición para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado hasta un máximo del 115 por ciento. Este porcentaje, superior al general para otros sectores de la Administración, refleja el carácter prioritario y esencial de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, permitiendo una mayor capacidad de renovación de sus plantillas.
Un aspecto relevante de la OEP 2020 fue la inclusión de plazas adicionales mediante la acumulación de tasas de reposición. Del total de plazas incluidas en esta oferta, 288 plazas correspondieron a la acumulación de tasas de reposición procedentes de otros sectores prioritarios previstos en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. Específicamente, estas plazas se acumularon del sector de «gestión de los recursos públicos» de la Administración General del Estado, según lo permitido por el artículo 19.seis.1 de la mencionada Ley de Presupuestos. Esta capacidad de acumular tasas de reposición entre sectores prioritarios, como es el caso de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, es una herramienta clave para reforzar las plantillas en áreas donde la necesidad de personal es más acuciante.
Esta acumulación de plazas es una muestra de la flexibilidad y la capacidad de adaptación de la administración para asegurar que los recursos humanos se dirijan a donde más se necesitan, optimizando el uso de las disponibilidades presupuestarias y garantizando la prestación de servicios vitales para la sociedad.
Consideraciones Adicionales para Futuras Convocatorias
La aprobación de la OEP es el primer paso; a partir de ella, se publican las convocatorias específicas para cada proceso selectivo. Estas convocatorias deben cumplir con ciertos requisitos y adaptaciones importantes para garantizar la igualdad de oportunidades y la transparencia del proceso.
En primer lugar, las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público deben ser informadas favorablemente por la Dirección General de la Función Pública. Además, solo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas, lo que subraya la importancia de la planificación y el cumplimiento de los plazos.
Un cambio significativo y muy esperado por los aspirantes fue la adaptación de las convocatorias a lo establecido por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018. Este acuerdo aprobó instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público. Esta medida busca modernizar los criterios de aptitud, eliminando barreras que no se justifican con la realidad actual de las funciones policiales y promoviendo una mayor inclusión.
Finalmente, con el objeto de ampliar la difusión de las distintas convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público, el Ministerio del Interior se comprometió a incluir en su página web un apartado dedicado a procesos selectivos. En este espacio, se recogerán cada una de las convocatorias y todos los actos que se deriven de ellas, facilitando el acceso a la información y garantizando la máxima transparencia y publicidad de los procesos.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Policía Nacional todos los años?
Sí, la aprobación de la Oferta de Empleo Público de la Policía Nacional se realiza anualmente. Este proceso es fundamental para asegurar la incorporación regular de nuevo personal y mantener el normal funcionamiento del cuerpo, reponiendo las bajas y adaptándose a las necesidades operativas.
¿Cuál fue la fecha de aprobación de la OEP 2020?
La Oferta de Empleo Público de la Policía Nacional para el año 2020 fue aprobada el 21 de julio de 2020, mediante un Real Decreto del Consejo de Ministros.
¿Cuántas plazas se convocaron en la OEP 2020 para acceso libre?
En la OEP 2020 se autorizaron un total de 2.491 plazas para acceso por oposición libre: 125 plazas para la Escala Ejecutiva y 2.366 plazas para la Escala Básica.
¿Existe algún tipo de reserva de plazas para militares en la Policía Nacional?
Sí, en la OEP 2020 se reservaron 473 plazas de la Escala Básica para militares profesionales de tropa y marinería que acrediten al menos cinco años de servicios. Las plazas no cubiertas por esta vía se acumulan a las de oposición libre.
¿Qué significa la 'tasa de reposición' en el contexto de la OEP de la Policía Nacional?
La tasa de reposición es el porcentaje de plazas de nuevo ingreso que se pueden cubrir en relación con las bajas de personal. Para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, esta tasa se fijó hasta un máximo del 115% en el periodo de referencia, lo que permite una mayor capacidad de incorporación de nuevos efectivos.
¿Hubo cambios recientes en las causas de exclusión médica para acceder a la Policía Nacional?
Sí, a raíz del Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, se establecieron instrucciones para eliminar ciertas causas médicas de exclusión en los procesos selectivos, buscando actualizar y flexibilizar los requisitos de aptitud física.
¿Cómo se garantiza la difusión de las convocatorias de la Policía Nacional?
Para asegurar una amplia difusión, el Ministerio del Interior incluye un apartado específico en su página web dedicado a los procesos selectivos, donde se publican las convocatorias y toda la información relevante que se derive de ellas.
Conclusión
La aprobación de la Oferta de Empleo Público de la Policía Nacional es un hito anual de suma importancia que refleja el compromiso del Estado con la seguridad pública y el mantenimiento de un cuerpo policial eficaz y renovado. El proceso, sustentado por un sólido marco legal, garantiza no solo la incorporación de nuevos talentos, sino también la progresión de los profesionales ya en activo, a través de la promoción interna.
Las cifras de plazas, las reservas para colectivos específicos como los militares, y la flexibilidad en la tasa de reposición, demuestran la prioridad que se otorga a la dotación de personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Además, la actualización de los criterios de exclusión médica y la transparencia en la difusión de las convocatorias son pasos clave para asegurar la igualdad de oportunidades y la modernización de los procesos selectivos.
En definitiva, cada OEP es una inversión en el futuro de la seguridad de nuestro país, asegurando que la Policía Nacional disponga de los recursos humanos necesarios para afrontar los desafíos presentes y futuros. La rigor y la transparencia con las que se gestionan estos procesos son la base para construir un cuerpo policial robusto, competente y al servicio de la ciudadanía, dispuesto a proteger y servir con la máxima dedicación.
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