08/03/2024
La reciente decisión de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha vuelto a poner en el foco un caso que ha mantenido en vilo al municipio de San Bartolomé de Tirajana durante años: la controvertida designación de Isidro Armas como jefe de su Policía Local. El archivo de la causa contra el exalcalde Marco Aurelio Pérez por un presunto delito de prevaricación en este nombramiento, si bien cierra un capítulo judicial, deja tras de sí un rastro de debates sobre la legalidad administrativa y la idoneidad de los procesos de selección de altos cargos públicos.

La trama es compleja y se extiende a lo largo de varios años, desde 2013 hasta 2016, y ha estado marcada por una serie de nombramientos, revocaciones y batallas judiciales que culminan, al menos por ahora, con la absolución penal del exregidor. Sin embargo, el expediente no está exento de señalamientos sobre posibles irregularidades, e incluso una "actuación contraria a la legalidad administrativa", tal como reconoce la propia Audiencia. En el corazón de esta polémica, además de los procedimientos, se encuentra la cuestión de las cualificaciones académicas del propio jefe de la Policía Local, un aspecto que ha sido objeto de escrutinio constante.
- El Intrincado Camino Hacia la Jefatura
- La Batalla Judicial y Sus Revisiones
- Las Titulaciones del Comisario: Un Punto de Debate Central
- Irregularidad Administrativa vs. Delito Penal
- Preguntas Frecuentes sobre el Caso del Jefe de la Policía Local
- ¿Cuántas diplomaturas tiene el jefe de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana?
- ¿Por qué se investigó al exalcalde Marco Aurelio Pérez?
- ¿Qué es la prevaricación administrativa?
- ¿Se anuló el nombramiento del comisario Isidro Armas?
- ¿Qué diferencia hay entre turno libre y promoción interna en concursos públicos?
- ¿Qué papel jugó el TSJC en este caso?
El Intrincado Camino Hacia la Jefatura
El primer intento de nombramiento de Isidro Armas como comisario de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana se produjo el 1 de marzo de 2013. Marco Aurelio Pérez, entonces alcalde, anunció esta designación durante un pleno municipal, tramitándola por la vía de urgencia y mediante una comisión de servicios. Armas, inspector de la Policía Nacional adscrito a la Brigada de Seguridad Ciudadana, fue avalado por informes internos. Sin embargo, esta actuación generó un inmediato revuelo. La Asociación de Jefes y Subjefes de las Policías Locales de Las Palmas (Ajepol), junto a subinspectores del cuerpo, denunciaron la irregularidad de este procedimiento, argumentando que funcionarios de la Administración General del Estado no podían ocupar puestos en la Policía Local mediante comisión de servicios.
Ante la presión mediática y las denuncias, el alcalde revocó el nombramiento 35 días después. Según su propia declaración judicial, lo hizo por las "presiones recibidas", aunque sin reconocer haber cometido una irregularidad. Tras este cese, Armas fue designado como asesor, un cargo de confianza, con un sueldo superior a los 60.000 euros anuales, equivalente al de un funcionario de máxima categoría (A1).
El tercer y definitivo nombramiento de Isidro Armas se produjo tras un concurso-oposición, al que se presentaron otros ocho candidatos. Este proceso también fue objeto de controversia, especialmente por el procedimiento selectivo elegido. El Ayuntamiento optó por un concurso de turno libre, permitiendo la participación de candidatos de otros cuerpos, en lugar de la promoción interna, reservada para los funcionarios de la propia Policía Local del municipio. Esta decisión fue cuestionada por contravenir la Ley 2/2008, de 28 de mayo, de la Policía Canaria, que establece la promoción interna como el método preferente para cubrir la plaza de comisario tanto en el cuerpo autonómico como en los municipales. Incluso el entonces director general de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias, Juan Manuel Santana, emitió un informe advirtiendo sobre la normativa aplicable.
La Batalla Judicial y Sus Revisiones
La polémica del concurso-oposición no tardó en llegar a los tribunales. El sindicato Comisiones Obreras (CCOO) judicializó el proceso, y en abril de 2017, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Las Palmas de Gran Canaria les dio la razón. La sentencia anuló el nombramiento del comisario al considerar vulnerada la Ley de la Policía Canaria y concluyó que el proceso debió realizarse por promoción interna, lo que, de facto, excluía a Isidro Armas.
Sin embargo, la historia dio un giro dos años después. En 2019, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) revocó la sentencia anterior, pero no por entrar en el fondo del asunto. La decisión del TSJC se basó en una cuestión formal: consideró que CCOO no estaba legitimado como recurrente al haber participado en las negociaciones de las bases de la convocatoria en el Ayuntamiento. Esta resolución del TSJC fue clave, ya que, sin pronunciarse sobre la idoneidad del método de selección, permitió que el nombramiento de Armas se mantuviera en pie administrativamente.
Finalmente, el reciente auto de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha ratificado el sobreseimiento provisional decretado por el Juzgado de Instrucción 2 de San Bartolomé de Tirajana en la causa contra el exalcalde Marco Aurelio Pérez. A pesar de reconocer "irregularidades" y "una actuación contraria a la legalidad administrativa" en el proceso, la Audiencia determinó que la conducta del exregidor no podía ser calificada de "arbitraria" y, por tanto, no constituía un delito de prevaricación. El abogado del denunciante ha manifestado su intención de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, lo que podría añadir un nuevo capítulo a esta prolongada saga judicial.
Las Titulaciones del Comisario: Un Punto de Debate Central
Uno de los aspectos más recurrentes y debatidos en todo este procedimiento ha sido la titulación y cualificación de Isidro Armas para el puesto de comisario. El cargo exigía, según la normativa, estar en posesión de una licenciatura universitaria. Sin embargo, el actual jefe de la Policía Local tiene dos diplomaturas: una en Ingeniería Técnica Industrial y otra en Ciencias Policiales. Esta diferencia entre el requisito de licenciatura y sus diplomaturas ha sido un punto de fricción constante.
El comisario Armas ha defendido que, desde hace algunos años, la categoría de inspector de la Policía Nacional, a la que pertenece, equivale a una licenciatura a efectos profesionales. No obstante, esta equivalencia no ha zanjado completamente el debate para los críticos. Adicionalmente, otro requisito puesto en tela de juicio fue la realización de un curso específico de la Academia Canaria de Seguridad. Armas no lo había cursado, pero afirmó haberlo convalidado con otros cursos previos. La Audiencia Provincial, en su reciente auto, señala que este extremo no pudo ser confirmado durante la instrucción judicial, ya que no se practicó la diligencia necesaria para verificar la convalidación.
La controversia sobre las titulaciones es un reflejo de la complejidad de los requisitos en la función pública y cómo las interpretaciones de la normativa pueden generar conflictos, especialmente cuando se trata de puestos de alta responsabilidad y visibilidad.
Irregularidad Administrativa vs. Delito Penal
La Audiencia Provincial de Las Palmas ha sido muy clara en su resolución: "no toda ilegalidad o irregularidad administrativa" se convierte en delictiva. Para los magistrados, las actuaciones del exalcalde, aunque cuestionables desde el punto de vista administrativo, no revelaron una pretensión "maliciosa" que las convirtiera en un delito de prevaricación. Esta distinción es fundamental en el derecho penal.
El tribunal recalca que, "independientemente de que pudiera ser cierto o no" que el procedimiento debió ser por promoción interna y no por turno libre, el TSJC estimó en 2019 el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento y el comisario, y contra esa decisión no se presentó recurso ante el Supremo. Esto significa que, a efectos administrativos, el nombramiento quedó validado por la jurisdicción contencioso-administrativa, aunque fuera por una cuestión formal.
La Audiencia concluye que es "inaceptable" pretender que la actuación de la administración sea revisada en la vía penal "porque nada tiene que ver dicha actuación con el delito de prevaricación" imputado. Este argumento subraya la separación de poderes y la necesidad de que los actos administrativos sean impugnados en la jurisdicción contencioso-administrativa, a menos que exista una clara y patente intención criminal por parte del funcionario o cargo público.
A continuación, un resumen de los puntos clave del caso:
| Aspecto Controversial | Postura de la Acusación / Críticos | Postura de la Defensa / Decisiones Judiciales |
|---|---|---|
| Método de Nombramiento | Debió ser por promoción interna según Ley 2/2008 de la Policía Canaria. | Nombramiento inicial por comisión de servicios. Posterior concurso-oposición por turno libre. TSJC validó el concurso por cuestión formal, sin entrar en el fondo. |
| Titulación Requerida | Licenciatura. | Comisario tiene dos diplomaturas. Defiende que inspector equivale a licenciatura. |
| Curso Academia Canaria | No realizado. | Convalidado con otros cursos (no confirmado en instrucción). |
| Acción del Ex-alcalde | Prevaricación por nombramientos irregulares y arbitrarios. | Irregularidades administrativas, pero no "arbitrarias" ni "maliciosas", por lo tanto, no delito penal. Causa archivada. |
Preguntas Frecuentes sobre el Caso del Jefe de la Policía Local
¿Cuántas diplomaturas tiene el jefe de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana?
El actual jefe de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana, Isidro Armas, tiene dos diplomaturas: una en Ingeniería Técnica Industrial y otra en Ciencias Policiales. La controversia surge porque el puesto de comisario exigía una licenciatura, aunque él defiende que su categoría de inspector equivale a una licenciatura a efectos profesionales.
¿Por qué se investigó al exalcalde Marco Aurelio Pérez?
El exalcalde Marco Aurelio Pérez fue investigado por un presunto delito de prevaricación en relación con el nombramiento de Isidro Armas como jefe de la Policía Local. La denuncia se basó en la supuesta irregularidad de los procedimientos utilizados para su designación en tres ocasiones entre 2013 y 2016.
¿Qué es la prevaricación administrativa?
La prevaricación administrativa es un delito cometido por una autoridad o funcionario público que dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo, a sabiendas de que es injusta. La clave está en la "arbitrariedad" y el "conocimiento de la injusticia" del acto, diferenciándose de las meras irregularidades administrativas o errores.
¿Se anuló el nombramiento del comisario Isidro Armas?
Sí, el nombramiento fue anulado en primera instancia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Sin embargo, esta decisión fue revocada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) por una cuestión formal (la falta de legitimación del recurrente, CCOO), sin entrar en el fondo de la cuestión sobre la legalidad del procedimiento de selección.
¿Qué diferencia hay entre turno libre y promoción interna en concursos públicos?
El turno libre es un sistema de acceso a la función pública que permite la participación de cualquier candidato que cumpla los requisitos, provenga o no de la administración pública o de un cuerpo específico. La promoción interna, por otro lado, es un sistema reservado a los funcionarios que ya pertenecen a la administración o a un cuerpo determinado, permitiéndoles ascender a puestos de mayor categoría o responsabilidad.
¿Qué papel jugó el TSJC en este caso?
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) jugó un papel crucial al revocar la sentencia de primera instancia que anulaba el nombramiento de Armas. Lo hizo por motivos formales, al considerar que el sindicato CCOO no estaba legitimado para recurrir. Esta decisión, aunque no validó el fondo del procedimiento de nombramiento, sí permitió que el nombramiento de Armas se mantuviera firme desde el punto de vista administrativo y, consecuentemente, influyó en la decisión posterior de la Audiencia Provincial de archivar la causa penal contra el exalcalde.
El caso del jefe de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana es un ejemplo paradigmático de la complejidad que pueden alcanzar los procesos de nombramiento en la administración pública. A pesar del archivo de la causa penal contra el exalcalde Marco Aurelio Pérez, el trasfondo de debates sobre la legalidad de los procedimientos, la interpretación de la normativa y la cualificación de los candidatos deja una importante lección sobre la necesidad de transparencia y rigor en cada paso. La distinción entre una simple irregularidad administrativa y un delito penal ha sido el eje central de la decisión judicial, marcando el fin de un largo proceso en la vía penal, aunque las discusiones sobre la forma y el fondo de la designación sigan presentes en la opinión pública.
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