Militares y Policía: ¿Colaboración o Desdibujamiento?

28/08/2024

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La presencia de las fuerzas militares en tareas de seguridad pública se ha convertido en una constante en el panorama latinoamericano, especialmente en México. Lo que en un principio se concibió como un apoyo temporal a cuerpos policiales rebasados, se ha transformado en una situación estructural que ha generado un profundo debate sobre los roles y responsabilidades de cada institución. ¿Quién tiene la potestad de ordenar esta colaboración, y por qué, a pesar de la urgencia, los propios líderes militares claman por el retorno a sus cuarteles? Este artículo explora la delgada línea que separa las funciones policiales de las militares, las implicaciones de su desdibujamiento y la imperiosa necesidad de una redefinición.

¿Quién ordena que las fuerzas militares colaboren con la policía?
Cuando lo considere necesario, el Presidente de la República ordenará que las Fuerzas Militares colaboren con la Policía para el cumplimiento de una tarea de orden público interno". Articulo 114. El artículo 89 del Decreto-ley 1355 de 1970, queda así: "Artículo 89.

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El Dilema de la Seguridad Pública: ¿Quién Ordena la Colaboración?

La colaboración entre las fuerzas militares y la policía en tareas de seguridad pública no es una decisión aislada, sino que emana de la más alta esfera del poder ejecutivo. En México, el Presidente de la República, en su calidad de Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, posee la autoridad para disponer de ellas en situaciones extraordinarias que pongan en riesgo la seguridad interior del país. Esta facultad, si bien necesaria en momentos de crisis, ha sido objeto de controversia debido a la ambigüedad y la falta de un marco legal claro que delimite cuándo y cómo debe darse esta intervención.

Históricamente, el despliegue militar en funciones policiales ha sido una respuesta a la incapacidad o corrupción de los cuerpos de seguridad civil. Ante el recrudecimiento de la violencia, la reorganización de los cárteles y la ineficacia de las policías estatales y municipales, los gobiernos han recurrido a la disciplina y el poder de fuego del Ejército y la Marina. Sin embargo, esta solución, concebida como provisional, se ha prolongado en el tiempo, generando una dependencia que distorsiona la naturaleza de ambas instituciones.

La ausencia de una legislación específica que regule este despliegue ha dejado a militares y marinos en una suerte de limbo jurídico, expuestos a situaciones para las que no fueron entrenados y, en ocasiones, a acusaciones de violaciones a derechos humanos. La discusión sobre una Ley de Seguridad Interior, que buscaba precisamente regular esta situación, reflejó la complejidad y las profundas divisiones en torno a la participación castrense en la vida civil, sin llegar a una solución plenamente satisfactoria que respondiera a las necesidades operativas y de respeto a las garantías individuales.

Cuando la Línea se Difumina: ¿Por Qué los Militares no son Policías?

La pregunta fundamental que subyace en este debate es: ¿por qué el trabajo de policías no es para los militares? La respuesta radica en la naturaleza misma de su misión, su entrenamiento y su equipamiento. Un militar está entrenado para la guerra, para enfrentar amenazas externas o internas que representen un peligro para la soberanía nacional, con el objetivo de neutralizar o aniquilar al enemigo. Un policía, en cambio, está capacitado para mantener el orden público, prevenir delitos, investigar, detener y llevar a los presuntos infractores ante la justicia, siempre bajo el amparo de la ley y respetando los derechos de los ciudadanos.

El General Salvador Cienfuegos Zepeda, exsecretario de la Defensa Nacional, ha sido una de las voces más contundentes en señalar esta distinción. Sus declaraciones, en las que advertía que «el trabajo de policías no es para los militares, que ya es tiempo de regresar a los cuarteles o de que los políticos dejen de hacerse tarugos y legislen para proteger, delimitar y justificar el despliegue castrense en el país», resuenan con la frustración de una institución que se siente desnaturalizada. La razón de su despliegue, la debilidad de los cuerpos policiales, descritos a menudo como «corruptos, mal preparados, ineficaces, de ornato casi», no justifica per se que el Ejército asuma indefinidamente esas funciones.

¿Qué es el explosivo camuflado?
El explosivo camuflado era utilizado en operaciones de sabotaje, principalmente en trenes y navios. Como parecia un pedazo de carbón, era introducido en los hornos que hacian mover barcos y trenes. Con el calor, ¡boom! explotaban. Ideado por agentes sovieticos para escuchar conversaciones secretas durante la guerra fría.

El entrenamiento militar, enfocado en el combate y el uso de fuerza letal, no se alinea con las complejidades de la seguridad ciudadana, que requiere un enfoque en la proximidad social, la inteligencia criminal, la investigación y el respeto al debido proceso. Cuando los militares operan en un entorno civil con una mentalidad de guerra, las consecuencias pueden ser devastadoras, como lo ilustran diversos casos de violaciones a derechos humanos y el uso desproporcionado de la fuerza.

Consecuencias del Despliegue Castrense: Casos que Claman Justicia

La extensión del despliegue militar en tareas de seguridad ha generado episodios que ponen de manifiesto las graves consecuencias de esta política. Dos ejemplos, uno de uso de fuerza letal y otro de desaparición forzada, ilustran la problemática.

Operación Barcina: La Venganza Militar en Nayarit

El enfrentamiento en Nayarit contra sicarios de Juan Francisco Patrón Sánchez, alias el “H2”, líder del cártel de los Beltrán Leyva, no fue una operación de detención convencional. Tras la masacre de seis militares en Culiacán, Sinaloa, la respuesta del Estado fue contundente y, según algunas interpretaciones, motivada por un deseo de “ajustar cuentas, ojo por ojo, sin miramientos”. La premisa de “Detener y presentar con vida al H2 y a sus escoltas y operadores no era opción” revela una mentalidad de combate que difiere de la procuración de justicia.

Las imágenes de la operación, con fuego nutrido desde el aire en una zona poblada y durante la noche, generaron un intenso debate. Si bien la versión oficial de la Marina aseguró que solo un helicóptero intervino y que los disparos eran disuasivos, las fotografías de los abatidos contaban una historia diferente: “Cuerpos mutilados (algunos sin manos y sin un brazo), quemados parcialmente, destrozados a fuerza de tiros”. El uso de un Black Hawk artillado con una Minigun calibre 7.62mm (3 mil tiros por minuto) en un entorno urbano, supuestamente para disuadir, levantó serias dudas sobre la proporcionalidad de la fuerza y la adecuación de tácticas militares para una operación de seguridad pública. Este tipo de acciones, si bien pueden golpear a las estructuras criminales, también siembran el terror y la desconfianza en la población civil, y evidencian la falta de protocolos de contención que sí son inherentes a una fuerza policial.

El Caso Alvarado: Desaparición Forzada en Chihuahua

Otro ejemplo desgarrador es el caso de la familia Alvarado en el ejido Benito Juárez, Chihuahua. Tras el asesinato de agentes federales por sicarios de La Línea (brazo armado del Cártel de Juárez), “el pueblo se llenó de militares y policías”. Sin embargo, en lugar de una investigación rigurosa, se inició una serie de “levantones” indiscriminados. Nitza Paola Alvarado Espinoza, Rocío Irene Alvarado Reyes y José Ángel Alvarado Herrera fueron víctimas de una desaparición forzada a manos de militares del 35 Batallón de Infantería, comandado por el Coronel Elfego José Luján Ruiz.

¿Qué incluye el buzo de poliéster?
El buzo de poliéster incluye casaca con cierre y tapacierre; y pantalón con elástico en la pretina. El buzo de poliéster en polar de 250 g/m2 (título de hilo: tejido base 150/144/1 Denier, rizo 100/96/1 Denier) viene en tallas M y L.

El relato de Marí­a de Jesús Alvarado, familiar de las víctimas, es un testimonio de la impunidad y el abuso de poder. La negación inicial del militar sobre la presencia de sus tropas en el pueblo, las amenazas a la familia, la resistencia de las autoridades ministeriales a investigar a los militares —“Para mí no hay duda de que fueron los militares, pero yo me lavo las manos. Turno al fuero militar. Con los militares no me meto”— y la dificultad para que el caso pasara de la jurisdicción militar a la civil, son un claro reflejo de los problemas inherentes a la participación castrense en tareas policiales. El fuero militar, diseñado para juzgar delitos específicamente militares, se convierte en un obstáculo para la justicia cuando se trata de violaciones a derechos humanos cometidas contra civiles.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) confirmó la responsabilidad de los militares en la desaparición forzada, y la lucha de la familia Alvarado llegó hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Estos casos, entre muchos otros, evidencian que el despliegue militar en la seguridad pública, sin un marco legal claro y una capacitación adecuada para el respeto de los derechos humanos, puede generar más problemas de los que resuelve, minando la confianza ciudadana en las instituciones.

El Clamor por el Retorno a los Cuarteles y la Urgencia de la Reforma Policial

El hartazgo expresado por líderes militares como el General Cienfuegos no es un capricho, sino un llamado de atención sobre la insostenibilidad de la situación. Los militares están diseñados para la defensa nacional, no para la contención del crimen común o la investigación de delitos. Su prolongada permanencia en las calles desgasta a la institución, los expone a la corrupción y los desvía de su misión principal.

La solución no pasa por militarizar indefinidamente la seguridad pública, sino por una profunda reforma policial. Esto implica una inversión sustancial en:

AspectoNecesidad de Reforma Policial
CapacitaciónProgramas de formación integral en investigación criminal, derechos humanos, uso de la fuerza proporcional y proximidad social.
EquipamientoDotación de tecnología y herramientas modernas para la investigación y el patrullaje.
Salarios y PrestacionesRemuneraciones dignas que incentiven la profesionalización y reduzcan la vulnerabilidad a la corrupción.
Depuración y ControlMecanismos efectivos para detectar y sancionar la corrupción y los abusos, garantizando la rendición de cuentas.
CoordinaciónEstrategias claras de colaboración interinstitucional entre los distintos niveles de gobierno (municipal, estatal, federal).

Solo con cuerpos policiales civiles fuertes, profesionales y confiables se podrá garantizar la seguridad de los ciudadanos sin depender de las fuerzas armadas. El retorno de los militares a sus cuarteles no es solo un deseo de la propia institución, sino una condición indispensable para el fortalecimiento del Estado de derecho y el respeto pleno de los derechos humanos en un país.

Preguntas Frecuentes sobre Militares y Policía

¿Por qué los militares están en las calles si no es su función principal?

La principal razón es la debilidad, ineficacia y, en ocasiones, corrupción de los cuerpos policiales civiles en diversos niveles de gobierno. Ante el aumento de la violencia y la incapacidad de las policías para contener el crimen organizado, los gobiernos han recurrido al apoyo de las fuerzas militares de manera temporal, lo cual se ha extendido en el tiempo.

¿Cuál es la dirección de la policía en Buesaco?
9 Personería Municipal Buesaco / Nariño (1013km) Organizaciones políticas, estaciones de policía, partidos políticos - Dirección: Cra 2 Adjunta a La Estación de Policía - (+-57) Buesaco, Nariño Cerrado

¿Qué es el fuero militar y cómo afecta en estos casos?

El fuero militar es una jurisdicción especial que juzga los delitos y faltas cometidos por miembros de las fuerzas armadas. Históricamente, en casos donde militares han cometido violaciones a derechos humanos o delitos contra civiles, el fuero militar ha dificultado que estos casos sean investigados y juzgados por autoridades civiles, lo que a menudo ha llevado a la impunidad y ha sido criticado por organismos internacionales de derechos humanos.

¿Se puede ordenar a los militares que actúen como policías?

Sí, el Presidente de la República, como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, tiene la facultad de ordenar su despliegue para apoyar en tareas de seguridad interior. Sin embargo, existe un debate legal y social sobre la pertinencia y los límites de esta intervención, especialmente en ausencia de un marco legal claro que la regule y que garantice el respeto a los derechos humanos.

¿Cuál es la diferencia fundamental entre un policía y un militar?

La diferencia radica en su misión, entrenamiento y marco legal. Los militares están entrenados para el combate y la defensa nacional, operando bajo leyes de guerra. Los policías están capacitados para el mantenimiento del orden público, la investigación de delitos y la aplicación de la ley civil, con un enfoque en la detención y el respeto a los derechos individuales.

¿Qué se propone para que los militares regresen a sus cuarteles?

La principal propuesta es una profunda reforma y fortalecimiento de los cuerpos policiales civiles en todos los niveles (municipal, estatal y federal). Esto incluye mejorar su capacitación, equipamiento, salarios, depuración de elementos corruptos y establecer mecanismos de control y rendición de cuentas transparentes. También se busca la creación de un marco legal claro que delimite la participación militar y establezca su carácter excepcional y temporal.

Conclusión

La colaboración entre militares y policía en tareas de seguridad pública es un reflejo de una crisis profunda en las instituciones civiles encargadas de proteger a los ciudadanos. Si bien la urgencia ha justificado el despliegue castrense, la solución a largo plazo no reside en la militarización, sino en la construcción de cuerpos policiales robustos, profesionales y confiables. Solo así se podrá garantizar una seguridad pública efectiva, respetuosa de los derechos humanos y que permita a las fuerzas armadas regresar a su misión constitucional, fundamental para la soberanía y defensa de la nación.

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