22/04/2025
La Ley de Seguridad Ciudadana, tristemente célebre y popularmente conocida como la "Ley Mordaza", parece tener sus días contados. Tras años de controversia y un prolongado estancamiento en el Congreso de los Diputados, se vislumbra un horizonte de cambio significativo. El acuerdo alcanzado entre el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y Unidas Podemos marca un punto de inflexión, prometiendo una reforma profunda de una normativa que, desde su concepción en 2015, ha sido objeto de intensas críticas y debates tanto en el ámbito político como social.

Esta ley, promulgada durante el gobierno de Mariano Rajoy en un contexto de profunda crisis económica y efervescencia social, fue diseñada para, según sus defensores, garantizar el orden público y la seguridad ciudadana. Sin embargo, para sus detractores, se convirtió en una herramienta para coartar la protesta social y limitar derechos fundamentales, imponiendo multas elevadas por acciones que antes se consideraban parte del ejercicio legítimo de la libertad de expresión y manifestación. La promesa de su derogación o, al menos, de su profunda modificación, ha sido una constante en la agenda de los partidos de izquierda, y ahora, tras casi dos años de bloqueo, esa promesa está a punto de materializarse, no sin generar una nueva ola de tensiones y preocupaciones, especialmente entre los sindicatos policiales.
- ¿Qué es la "Ley Mordaza" y por qué generó tanta polémica?
- Los Cambios Clave: Un Giro en la Seguridad Ciudadana
- La Presunción de Veracidad del Atestado Policial: El Centro de la Disputa
- Material Antidisturbios: Hacia un Uso "Menos Lesivo"
- Manifestaciones Espontáneas y Libertad de Expresión
- Grabaciones a Agentes: Transparencia vs. Seguridad
- Identificaciones y Retenciones: Limitando los Tiempos Policiales
- Tabla Comparativa: Antigua Ley Mordaza vs. Nueva Propuesta
- Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre la Ley de Seguridad Ciudadana y el Atestado Policial
¿Qué es la "Ley Mordaza" y por qué generó tanta polémica?
Para comprender la magnitud de los cambios propuestos, es fundamental recordar el origen y el impacto de la "Ley Mordaza". Aprobada en 2015, en un periodo marcado por la recesión económica y un aumento considerable de las movilizaciones ciudadanas, esta ley fue percibida por muchos como una respuesta gubernamental a la creciente protesta social. La norma endureció las sanciones por diversas infracciones, algunas de las cuales eran consideradas menores bajo la legislación anterior. Entre las más controvertidas se encontraban las multas por manifestaciones no comunicadas, la paralización de desahucios o la participación en piquetes durante huelgas. Los sindicatos y organizaciones sociales alertaron de inmediato sobre una posible criminalización de la protesta, argumentando que la ley limitaba el derecho a la reunión y la libertad de expresión, otorgando a las fuerzas del orden una discrecionalidad excesiva y transformando infracciones leves en sanciones económicas desproporcionadas. Fue precisamente esta percepción de restricción de libertades lo que le valió el despectivo, pero ampliamente aceptado, sobrenombre de "Ley Mordaza".
Los Cambios Clave: Un Giro en la Seguridad Ciudadana
El pacto entre el PSOE y Unidas Podemos ha desembocado en una serie de enmiendas que buscan dar un "revolcón" a la ley actual. Si bien los detalles son numerosos, hay cinco puntos principales que han generado particular irritación y preocupación entre los sindicatos policiales, quienes advierten que estos cambios podrían dejarlos en una situación de "desprotección" o con menor capacidad de acción. Estos puntos son:
- La sombra de duda sobre la presunción de veracidad del atestado policial.
- La limitación del material antidisturbios.
- La posibilidad de grabar a los agentes.
- La no persecución de las manifestaciones no avisadas.
- Las nuevas condiciones para las identificaciones.
Cada uno de estos aspectos representa un cambio significativo en el equilibrio entre los derechos ciudadanos y las facultades de las fuerzas de seguridad, y merece un análisis detallado.
La Presunción de Veracidad del Atestado Policial: El Centro de la Disputa
Uno de los puntos más álgidos del debate y que ha levantado mayor ampolla entre los cuerpos policiales es la modificación de la presunción de veracidad de los atestados. Según el nuevo texto pactado, el acta o atestado que levante un agente tendrá presunción de veracidad sobre los hechos descritos "siempre que resulte coherente, lógica y razonable, salvo prueba en contrario". A primera vista, la formulación podría parecer un mero matiz legal, pero para los sindicatos policiales, representa un ataque directo a su credibilidad y a la autoridad de su testimonio. Consideran que esta nueva redacción introduce un elemento de duda preexistente sobre sus informes, obligándolos a justificar de manera más exhaustiva cada detalle y abriendo la puerta a que sus declaraciones sean cuestionadas con mayor facilidad.
La presunción de veracidad es un principio jurídico fundamental que otorga a los documentos públicos, como los atestados policiales, un valor probatorio especial. Tradicionalmente, esto ha significado que lo declarado por un agente en el ejercicio de sus funciones se considera cierto, salvo que se demuestre lo contrario. La adición de las condiciones "coherente, lógica y razonable" no elimina la presunción, pero la condiciona. Esto implica que, aunque el atestado siga siendo la base, cualquier persona afectada podrá argumentar más fácilmente que el relato no cumple con esos criterios, y por lo tanto, la carga de la prueba para rebatirlo se aliviana. Los sindicatos argumentan que ya existen vías para actuar tanto judicial como disciplinariamente si un agente no cumple con la verdad o incurre en falsedad, y que esta modificación es innecesaria y desmoralizadora, dejando a los agentes en una posición más vulnerable frente a acusaciones infundadas. La preocupación radica en que esta cláusula pueda generar una mayor litigiosidad y una percepción pública de desconfianza hacia la labor policial, dificultando su trabajo en la calle.

Material Antidisturbios: Hacia un Uso "Menos Lesivo"
Otro cambio que ha generado considerable debate es el relativo al uso de material antidisturbios, en particular las pelotas de goma. La nueva redacción de la ley establece que se deberá usar siempre el medio "menos lesivo para las personas y evitando aquellos que causen lesiones irreparables". Esta formulación, aunque no prohíbe explícitamente las pelotas de goma, sí marca un antes y un después en su utilización. La intención es clara: priorizar la integridad física de los ciudadanos en las intervenciones policiales. Esto podría significar el principio del fin para el uso de proyectiles de goma en las cargas policiales, una demanda histórica de numerosos colectivos sociales y de víctimas de lesiones graves causadas por estos dispositivos.
Desde la perspectiva policial, este cambio genera inquietud. Los agentes se quejan de que esta limitación les dejará con menos capacidad para actuar en disturbios graves y más indefensos ante los elementos más violentos. Argumentan que, en ciertas situaciones, el uso de estos medios es imprescindible para dispersar aglomeraciones o contener ataques, y que su retirada sin alternativas efectivas y seguras podría poner en riesgo tanto a los agentes como a otros ciudadanos. La búsqueda de un equilibrio entre la contención de la violencia y la protección de los derechos y la integridad física de las personas es un desafío complejo, y esta modificación busca inclinar la balanza hacia la segunda, lo que obliga a las fuerzas de seguridad a explorar nuevas tácticas y herramientas para la gestión del orden público.
Manifestaciones Espontáneas y Libertad de Expresión
Uno de los pilares de la reforma es la flexibilización de las normas relativas a las manifestaciones no comunicadas. Bajo la Ley Mordaza, las concentraciones y manifestaciones que no hubieran sido anunciadas con antelación eran motivo de disolución por parte de la Policía y de sanción económica para sus convocantes o participantes. La nueva propuesta de PSOE y Unidas Podemos cambia radicalmente este enfoque: las manifestaciones que no han sido anunciadas con antelación ya no tendrán que ser disueltas por la Policía.
El fundamento de este cambio radica en la primacía de la libertad de expresión y el derecho de reunión. Los partidos del Gobierno entienden que hay ocasiones en las que surgen protestas de una manera espontánea, como podría ser la reacción inmediata ante una noticia de última hora o un suceso relevante, y que criminalizar estas expresiones de indignación o apoyo es un ataque a un derecho fundamental. Este cambio busca reconocer y proteger la capacidad de los ciudadanos para organizarse y manifestarse rápidamente sin temor a sanciones, siempre y cuando no se ponga en riesgo la seguridad pública de manera desproporcionada. Para los sindicatos policiales, sin embargo, esta medida podría dificultar la gestión del orden público, ya que la falta de comunicación previa impide planificar operativos y garantizar la seguridad de los asistentes y de terceros.
Grabaciones a Agentes: Transparencia vs. Seguridad
La posibilidad de grabar a los policías mientras desarrollan su trabajo ha sido otra de las áreas de conflicto de la "Ley Mordaza". Hasta ahora, la toma de imágenes de agentes en el ejercicio de sus funciones era motivo para ser multado, argumentando que podía suponer un riesgo para su seguridad o la de sus familias, o para el éxito de las operaciones. Sin embargo, el PSOE y Unidas Podemos han acordado que no será ninguna infracción "la mera toma de imágenes en lugares de tránsito público y manifestaciones, o su mera difusión".

Este cambio responde a una demanda de transparencia y rendición de cuentas. En la era digital, las grabaciones de ciudadanos se han convertido en una herramienta vital para documentar posibles abusos o actuaciones irregulares, y para ejercer el derecho a la información. No obstante, la ley no deja a los agentes completamente desprotegidos. Se contempla la posibilidad de que la Policía pueda denunciar cuando las imágenes generen un "peligro" para ellos, su familia o para las instalaciones que protegen. La clave estará en la interpretación de ese "peligro", lo que probablemente generará nuevos debates y jurisprudencia. Este punto busca equilibrar el derecho de los ciudadanos a documentar la actuación policial con la necesidad de proteger la integridad y la seguridad de los agentes.
Identificaciones y Retenciones: Limitando los Tiempos Policiales
Finalmente, las condiciones para las identificaciones y retenciones también experimentan un cambio significativo. Bajo la Ley Mordaza, si una persona se negaba a identificarse o no podía hacerlo en el momento, los agentes podían retenerla y trasladarla a comisaría por un plazo de hasta seis horas para proceder a su identificación. Con la nueva propuesta, este plazo se reduce drásticamente: la persona que deba ser llevada a comisaría para identificación tendrá que ser identificada en un máximo de dos horas. Además, una vez identificada, la Policía tendrá la obligación de devolverla al lugar donde fue intervenida, una medida que ha generado la queja irónica de los sindicatos policiales: "Seremos taxistas", critican, aludiendo al tiempo y los recursos que esta tarea les demandará.
Adicionalmente, se introduce una nueva exigencia para los agentes: deberán dejar por escrito la motivación por la que se realizan registros e identificaciones. Esta medida busca dotar de mayor transparencia y justificación a estas actuaciones policiales, limitando la discrecionalidad y ofreciendo una herramienta para que los ciudadanos puedan conocer y, en su caso, recurrir la razón de su intervención. Estos cambios buscan un equilibrio entre la necesidad operativa de la policía y el derecho a la libertad y la dignidad de los ciudadanos, reduciendo los tiempos de privación de libertad y exigiendo una mayor justificación de las actuaciones.
Tabla Comparativa: Antigua Ley Mordaza vs. Nueva Propuesta
| Aspecto | Antigua Ley de Seguridad Ciudadana (Ley Mordaza) | Nueva Propuesta (Pacto PSOE-Unidas Podemos) |
|---|---|---|
| Presunción de veracidad del atestado policial | Presunción de veracidad plena, salvo prueba en contrario. | Presunción de veracidad "siempre que resulte coherente, lógica y razonable, salvo prueba en contrario". |
| Uso de material antidisturbios (ej. pelotas de goma) | Uso permitido, con regulación específica. | Obligatoriedad de usar el medio "menos lesivo para las personas y evitando aquellos que causen lesiones irreparables". |
| Grabaciones a agentes | La mera toma de imágenes podía ser motivo de sanción. | No será infracción "la mera toma de imágenes en lugares de tránsito público y manifestaciones, o su mera difusión", salvo que generen "peligro". |
| Manifestaciones no comunicadas | Podían ser disueltas y sancionadas. | No tendrán que ser disueltas, primando la libertad de expresión en protestas espontáneas. |
| Tiempo de retención para identificación | Hasta 6 horas en comisaría. | Máximo 2 horas en comisaría, con obligación de devolver al lugar de intervención. |
| Motivación de identificaciones/registros | No siempre se requería dejar constancia escrita de la motivación. | Los agentes deberán dejar por escrito la motivación de las actuaciones. |
Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre la Ley de Seguridad Ciudadana y el Atestado Policial
- ¿Por qué se duda del atestado policial con la nueva ley?
- La nueva redacción añade la condición de que el atestado sea "coherente, lógico y razonable" para que su presunción de veracidad sea efectiva, salvo prueba en contrario. Esto no elimina la presunción, pero la condiciona y abre la puerta a que los afectados cuestionen más fácilmente la veracidad del relato si consideran que no cumple con esos criterios, lo que podría percibirse como una disminución de la credibilidad automática del agente.
- ¿Se prohibirán las pelotas de goma en las cargas policiales?
- La ley no las prohíbe explícitamente, pero establece la obligación de usar siempre el medio "menos lesivo para las personas y evitando aquellos que causen lesiones irreparables". Esta formulación sugiere una restricción significativa en su uso y el fomento de alternativas menos peligrosas, lo que podría llevar a su desaparición en la práctica.
- ¿Podrán convocarse en adelante manifestaciones "espontáneas" sin ser disueltas?
- Sí. La reforma busca proteger la libertad de expresión, permitiendo que las manifestaciones que surgen de forma espontánea, sin comunicación previa, no sean disueltas por la Policía, reconociendo el derecho a la protesta inmediata ante un suceso.
- ¿Qué pasa con las grabaciones a los policías, ahora perseguidas?
- La "mera toma de imágenes en lugares de tránsito público y manifestaciones, o su mera difusión" ya no será considerada una infracción. Sin embargo, los agentes podrán denunciar si las imágenes generan un "peligro" real para ellos, su familia o las instalaciones que protegen, buscando un equilibrio entre la transparencia y la seguridad.
- ¿Cuáles son los cambios a la hora de hacer identificaciones policiales?
- El tiempo máximo de retención en comisaría para identificación se reduce de seis a dos horas. Además, una vez identificada, la persona debe ser devuelta al lugar de la intervención. Los agentes también deberán dejar por escrito la motivación de todas las identificaciones y registros que realicen.
- ¿Qué documentos necesito para solicitar el atestado policial?
- Para solicitar un atestado policial, generalmente necesitará un escrito que incluya todos los datos de los implicados, dirigido a la sección de atestados de la comunidad autónoma correspondiente. Adicionalmente, deberá presentar la autoliquidación de la tasa municipal, cuyo importe puede variar según la comunidad autónoma donde se realice la solicitud.
La reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana es un claro intento de redefinir el marco de las relaciones entre la ciudadanía y las fuerzas de seguridad en España. El objetivo es equilibrar la garantía de la seguridad pública con el pleno ejercicio de los derechos fundamentales, como la libertad de expresión, el derecho de reunión y la presunción de inocencia. Sin embargo, como toda reforma de calado, genera interrogantes y tensiones. Mientras los colectivos sociales celebran un paso hacia una mayor protección de las libertades, los sindicatos policiales advierten sobre los desafíos que los nuevos cambios implican para su labor diaria. El futuro de la seguridad ciudadana en España se presenta, por tanto, en un escenario de profundo cambio, donde la interpretación y aplicación de estas nuevas normativas serán cruciales para determinar su impacto real en la sociedad.
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