¿Cómo pasar el examen medico para postulantes a la POLICIA NACIONAL DEL PERU?

La Primera Prueba de la Oposición de Policía Nacional

03/08/2025

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Para muchos aspirantes a formar parte del Cuerpo Nacional de Policía, la pregunta sobre cuál es la primera prueba de la oposición es recurrente. Es fundamental comprender que el proceso selectivo es un camino estructurado con distintas etapas, y el orden de estas puede generar cierta confusión. Si bien el reconocimiento médico es una fase crucial y eliminatoria, su posición en el esquema general ha variado y lo hará nuevamente en futuras convocatorias, afectando directamente la secuencia de los exámenes. Aquí desglosamos en detalle cada aspecto, para que no quede ninguna duda sobre cómo afrontar esta importante oposición.

¿Cómo pasar el examen medico para postulantes a la POLICIA NACIONAL DEL PERU?
Ejemplo de examen medico para postulantes a la Policia Nacional del Peru, guia detallada de como pasar el examen desempeo en la funcin policial. 1. Primera fase: consistente en el Examen de Laboratorio (Serolgico y Radiolgico) Dibuja un hombre debajo la lluvia. automticamente queda eliminado del proceso de admisin.

El reconocimiento médico es una de las fases más decisivas, diseñado para asegurar que los futuros agentes poseen las condiciones psicofísicas idóneas para desempeñar las exigentes funciones policiales. No obstante, antes de llegar a este punto, los opositores deben superar otras pruebas que, dependiendo de la convocatoria, pueden precederle.

Índice de Contenido

El Orden de las Pruebas en la Oposición de Policía Nacional: Un Análisis Detallado

Comprender la secuencia de las pruebas es esencial para una preparación eficaz. Actualmente, y según las bases de las últimas convocatorias, el proceso selectivo para la Escala Básica de la Policía Nacional se estructura en varios bloques de ejercicios. El reconocimiento médico se inscribe dentro del tercer y último bloque, junto con la entrevista personal y profesional.

Orden Actual de los Ejercicios (Convocatorias Recientes)

  • Primera Fase: Pruebas Físicas. Son las primeras pruebas que los opositores afrontan. Incluyen ejercicios como el circuito de agilidad, la dominada o suspensión y la carrera de 1.000 metros (o 800 metros para mujeres). Su superación es indispensable para avanzar.
  • Segunda Fase: Prueba de Conocimientos y Psicotécnicos. Una vez superadas las pruebas físicas, los aspirantes se enfrentan a un cuestionario tipo test sobre el temario oficial y a una serie de pruebas psicotécnicas destinadas a evaluar aptitudes como la inteligencia general y la personalidad.
  • Tercera Fase: Reconocimiento Médico y Entrevista Personal y Profesional. Este es el último bloque eliminatorio. Comprende el examen médico exhaustivo y una entrevista personal que profundiza en aspectos de la personalidad y la idoneidad para el puesto.

Cambios Previstos: El Nuevo Orden a Partir de la OEP 2025

Es crucial estar al tanto de las novedades normativas. Una nota informativa publicada por el portal del aspirante ha detallado una modificación significativa en el orden de los ejercicios para las futuras convocatorias, específicamente a partir de la Oferta de Empleo Público (OEP) de 2025. Este cambio redefine cuál será la primera prueba a la que se enfrentarán los futuros opositores:

A partir de la OEP 2025, el orden de las pruebas será el siguiente:

  1. Conocimientos y Test Psicotécnicos. Estas pruebas pasarán a ser las primeras, poniendo a prueba los conocimientos teóricos y las aptitudes mentales de los aspirantes desde el inicio del proceso.
  2. Pruebas Físicas. Una vez superadas las pruebas teóricas y psicotécnicas, los opositores deberán demostrar su capacidad física.
  3. Reconocimiento Médico y Entrevista Personal y Profesional. Este bloque mantendrá su posición al final del proceso, como última barrera antes de la consecución de la plaza.

Para mayor claridad, la siguiente tabla comparativa resume los cambios en el orden de las pruebas:

FaseOrden Actual (Hasta OEP 2024)Nuevo Orden (A partir OEP 2025)
Primera EtapaPruebas FísicasConocimientos y Psicotécnicos
Segunda EtapaConocimientos y PsicotécnicosPruebas Físicas
Tercera EtapaReconocimiento Médico y EntrevistaReconocimiento Médico y Entrevista

El Reconocimiento Médico de la Policía Nacional: Un Pilar Fundamental

Independientemente de su posición en el orden de las pruebas, el reconocimiento médico de la Policía Nacional es un filtro indispensable. Su propósito es asegurar que los candidatos no presentan ninguna condición física o psíquica que pueda impedir el normal y seguro desempeño de las funciones de un agente de policía, que a menudo son exigentes y de alto riesgo.

Normativa Reguladora del Reconocimiento Médico

La base legal que rige el reconocimiento médico es dinámica y ha sido objeto de actualizaciones recientes. Es crucial familiarizarse con ella para entender las posibles causas de exclusión:

  • Bases de la Convocatoria Vigente: Cada convocatoria detalla los requisitos y el proceso específico.
  • Reglamento de Procesos Selectivos y Formación: El Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, es la normativa actual que aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional. Este deroga al anterior Real Decreto 614/1995.
  • Cuadro Médico de Exclusiones: La norma más relevante en esta materia es el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, que aprueba el cuadro médico de exclusiones. Es importante señalar que este Real Decreto ha sido modificado parcialmente por la Sentencia de 16 de febrero de 2023 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estimó en parte un recurso contencioso-administrativo contra el mismo. Esto significa que ciertos criterios, especialmente los relacionados con la visión y el VIH, han sido revisados.

Es vital que los opositores consulten siempre la última versión de estas normativas, ya que los criterios pueden actualizarse con cada nueva convocatoria.

¿Cómo se Desarrolla el Reconocimiento Médico en la Práctica?

El reconocimiento médico es exhaustivo y abarca diversas pruebas para evaluar el estado de salud general y específico del aspirante. Se realiza de forma similar a un chequeo médico completo, pero con un enfoque en las aptitudes requeridas para la función policial:

  • Analíticas de Sangre y Orina: Estas pruebas son fundamentales para detectar posibles enfermedades o el consumo de sustancias. Es imprescindible presentarse en ayunas el día del reconocimiento para que los resultados sean precisos.
  • Pruebas de Optometría o de Visión: Se evalúa la agudeza visual, la capacidad de percepción de los colores y la existencia de estrabismo. Es uno de los puntos que ha sufrido modificaciones en las exclusiones, permitiendo mayores grados de corrección visual que en el pasado.
  • Pruebas de Audiometría: Miden la capacidad auditiva en diferentes frecuencias para asegurar que el aspirante no presenta hipoacusia que pueda limitar su desempeño.
  • Electrocardiograma: Un examen del corazón para detectar cualquier anomalía cardíaca.
  • Medición de la Tensión Arterial: Se comprueba que la presión arterial se encuentra dentro de los rangos considerados normales.
  • Espirometría o Prueba de Capacidad Pulmonar: Evalúa la función pulmonar y respiratoria.
  • Reconocimiento Médico General: Un médico examinará diversas partes del cuerpo y funciones, incluyendo:
    • Reflejos y equilibrio.
    • Coordinación y flexibilidad.
    • Revisión de la columna vertebral y extremidades para detectar desviaciones o limitaciones de movimiento.
    • Revisión de tatuajes: Aunque las exclusiones por tatuajes se han flexibilizado significativamente, aún se verifica que no contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, las autoridades, o que sean ofensivas o que impidan la correcta identificación del agente.
  • Cuestionario Médico: Se deberá rellenar un cuestionario detallado sobre antecedentes médicos personales y familiares, medicación actual, cirugías previas, etc. La sinceridad es fundamental.

Cuadro de Exclusiones Médicas de la Policía Nacional (Real Decreto 326/2021)

El Real Decreto 326/2021 es la guía esencial para conocer qué condiciones médicas pueden resultar en un “No Apto”. Se organiza en diversas categorías, detallando las afecciones que impiden el ingreso. A continuación, se enumeran las principales secciones:

  • Motivos Generales de Exclusión: Procesos patológicos que puedan limitar la capacidad funcional o generar un riesgo para el aspirante o terceros.
  • Parámetros Biológicos, Enfermedades y Causas Generales: Aquí se incluyen criterios como la altura (que también ha sido modificada, eliminando la altura mínima para mujeres y reduciendo la de hombres), el índice de masa corporal (IMC), anomalías genéticas, intoxicaciones crónicas o procesos infecciosos persistentes.
  • Piel y Tejido Celular Subcutáneo: Dermatosis significativas, úlceras crónicas o afecciones que limiten la movilidad.
  • Neurología y Psiquiatría: Trastornos como la epilepsia, trastornos mentales graves, psicopatías o trastornos de la personalidad que puedan afectar el juicio o el comportamiento.
  • Aparato Digestivo: Afecciones crónicas o graves del tracto digestivo que puedan interferir con las funciones policiales.
  • Aparato Respiratorio: Malformaciones, enfermedades obstructivas crónicas (asma severa), o anomalías diafragmáticas.
  • Cardiología y Vascular: Alteraciones congénitas o adquiridas del corazón, cardiopatía isquémica, miocardiopatías, insuficiencia cardíaca o enfermedades vasculares graves.
  • Aparato Locomotor: Pérdida total o parcial de extremidades, desviaciones significativas de la columna vertebral (escoliosis, cifosis, lordosis), o reducciones graves en los rangos de movimiento articular.
  • Aparato de la Visión: Afecciones del globo ocular, glaucoma, estrabismo significativo, o agudeza visual insuficiente. Es crucial recordar las recientes modificaciones que han flexibilizado los criterios de agudeza visual y el uso de medidas correctivas.
  • Otorrinolaringología: Rinitis crónica limitante, disfonía permanente, manifestaciones vertiginosas recurrentes (vértigos) o hipoacusia (pérdida de audición) en rangos específicos que impidan la correcta percepción del sonido.
  • Aparato Urogenital: Nefropatías crónicas, cistopatías graves, endometriosis severa o fístulas que comprometan la función.
  • Sangre y Órganos Hematopoyéticos: Anemias graves, leucopenias significativas, trastornos de coagulación o inmunodeficiencias que menoscaben la capacidad para las funciones policiales.

Para una información exhaustiva y las últimas actualizaciones, siempre se recomienda consultar el texto íntegro del Real Decreto 326/2021 y sus posteriores modificaciones.

Resultado del Reconocimiento Médico: Apto o No Apto

Tras la realización de todas las pruebas y la evaluación por parte del personal médico, el resultado del reconocimiento será calificado como «apto/a» o «no apto/a». Un “no apto” en esta fase implica la exclusión del proceso selectivo.

Preguntas Frecuentes sobre el Reconocimiento Médico de la Policía Nacional

¿Es eliminatorio el reconocimiento médico?

Sí, el reconocimiento médico es una prueba eliminatoria. Si el aspirante es calificado como “no apto”, no podrá continuar en el proceso selectivo.

¿Debo ir en ayunas al reconocimiento médico?

Sí, es imprescindible presentarse en ayunas, ya que se realizarán analíticas de sangre y orina que requieren esta condición para obtener resultados precisos.

¿Se revisan los tatuajes en el reconocimiento médico?

Sí, se realiza una revisión de los tatuajes. Aunque la normativa ha flexibilizado los criterios de exclusión, se sigue evaluando que no contengan expresiones contrarias a los valores constitucionales, a la imagen del Cuerpo o que impidan la correcta identificación del agente.

¿Qué sucede si tengo una corrección visual (gafas o lentillas)?

Las últimas modificaciones normativas han flexibilizado los requisitos de agudeza visual, permitiendo el uso de gafas o lentillas para alcanzar la agudeza visual requerida. Es importante revisar los límites exactos de dioptrías y las condiciones específicas en el Real Decreto 326/2021 y sus actualizaciones.

¿Puedo recurrir un resultado de “no apto”?

Sí, en caso de ser declarado “no apto”, el aspirante tiene derecho a interponer los recursos administrativos o contencioso-administrativos pertinentes, según lo establecido en la ley y las bases de la convocatoria.

¿Se considera la altura como causa de exclusión?

Sí, aunque los requisitos se han modificado. Actualmente, la altura mínima para hombres es de 1,65 metros y para mujeres es de 1,60 metros. Estas cifras han sido reducidas y la exclusión de altura mínima para mujeres fue eliminada brevemente antes de ser reestablecida con la modificación de la norma.

Conclusión

El camino hacia la obtención de una plaza en la Policía Nacional es un desafío que requiere dedicación y una preparación integral. Conocer el orden de las pruebas, y en particular, los detalles del reconocimiento médico y sus exclusiones, es un paso fundamental para afrontar el proceso con confianza. Mantenerse informado sobre las últimas actualizaciones normativas y consultar a profesionales de la salud si se tienen dudas sobre alguna condición médica es clave. La preparación física y teórica es vital, pero la aptitud psicofísica es la puerta de entrada definitiva a este noble cuerpo. ¡Mucha suerte en tu camino!

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