¿Cuántas mujeres acudirían a la policía para pedir ayuda?

Adiós a la Altura Mínima en la Policía Nacional

19/07/2025

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La Policía Nacional de España ha marcado un antes y un después en sus procesos de selección, abriendo sus puertas a un abanico más amplio de aspirantes. La reciente aprobación del nuevo reglamento de procesos selectivos y formación trae consigo una de las novedades más esperadas y debatidas: la eliminación definitiva del requisito de estatura mínima para el acceso general al Cuerpo. Este cambio no solo moderniza los criterios de ingreso, sino que también alinea a la institución con las prácticas de otras fuerzas policiales europeas, fomentando la diversidad y la igualdad de oportunidades entre los futuros agentes.

¿Qué requisitos se necesitan para ingresar a la policía como oficial o Patrullero?
5. ¿Es necesario tener la libreta militar para ingresar a la Policía como oficial o patrullero? No es obligatorio tener libreta militar, no obstante se recomienda tener una primera experiencia en la institución para que el aspirante conozca un poco más de cerca la vida policial y reafirme su elección.

Esta medida, efectiva a partir de las convocatorias de 2023, deroga las anteriores exigencias de 1,65 centímetros para hombres y 1,60 centímetros para mujeres, que durante años fueron un filtro importante para miles de aspirantes. Ahora, el camino hacia el uniforme azul se despeja para aquellos cuya vocación no se veía reflejada en una cifra en el metro. Sin embargo, es crucial entender que esta eliminación no es absoluta y existen matices importantes que todo candidato debe conocer.

Índice de Contenido

Un Cambio Histórico: La Eliminación de la Altura Mínima

Durante décadas, la altura ha sido un criterio innegociable para quienes soñaban con formar parte de la Policía Nacional. La creencia popular y la normativa establecían que una determinada estatura era esencial para el desempeño de las funciones policiales. Sin embargo, la evolución de las técnicas de seguridad, la tecnología y la propia visión de la labor policial han llevado a replantear esta premisa. La decisión de eliminar la altura mínima es un paso de gigante hacia la inclusión y la meritocracia, reconociendo que la valía de un agente no se mide en centímetros, sino en su preparación, compromiso y aptitudes.

Este cambio histórico sitúa a la Policía Nacional española a la vanguardia, equiparándola con cuerpos civiles de policía de países como Francia, Italia, Países Bajos, Finlandia, Eslovaquia, Suecia, Noruega, Austria, Irlanda, Reino Unido, Rumanía, Dinamarca y Alemania. En estas naciones, la experiencia ha demostrado que la ausencia de un requisito de altura no compromete la eficacia ni la profesionalidad de sus fuerzas de seguridad. La medida busca, además, facilitar un mayor acceso a las mujeres al cuerpo, eliminando una barrera que, en ocasiones, resultaba desproporcionada.

¿Adiós Completo? Excepciones en Unidades Especiales

Aunque la eliminación de la altura mínima es una realidad para el acceso general a la escala básica de la Policía Nacional, es fundamental destacar que esta condición se mantiene para el ingreso en ciertas unidades especiales. La naturaleza de las funciones que desempeñan estas unidades requiere unas características físicas muy específicas, donde la estatura sí puede afectar directamente a la operatividad y seguridad de las intervenciones.

Las unidades donde el requisito de altura mínima sigue vigente son:

  • Unidades de Intervención Policial (UIP): Conocidas como los antidisturbios, sus funciones de control de masas, protección de personalidades y actuaciones en situaciones de alto riesgo implican a menudo el uso de material y tácticas donde la altura puede ser un factor determinante.
  • Unidades de Prevención y Reacción (UPR): Estas unidades, dedicadas a la prevención de la delincuencia, actuaciones rápidas y apoyo a la seguridad ciudadana, también pueden requerir ciertas características físicas para el manejo de equipamiento o el acceso a determinados espacios.
  • Grupo Especial de Operaciones (GEO): La élite de la Policía Nacional, especializada en operaciones de alto riesgo como rescate de rehenes, asaltos a terroristas o protección de embajadas. Sus intervenciones, a menudo en espacios confinados o con equipamiento pesado, justifican el mantenimiento de criterios de altura para garantizar la máxima eficacia y seguridad de sus miembros.

Para estas unidades de élite, los aspirantes deberán cumplir con los requisitos de estatura que se establezcan en sus respectivas convocatorias específicas, que suelen ser superiores a las antiguas medidas generales del Cuerpo.

Requisitos Generales para Acceder a la Policía Nacional

Además de la comentada eliminación de la altura mínima, el proceso de acceso a la Policía Nacional implica el cumplimiento de una serie de requisitos fundamentales que abarcan desde la nacionalidad y la edad hasta la formación académica y la aptitud física y médica. La Academia de Policía Futurecops ha resumido los principales criterios:

RequisitoDetalle Actualizado
NacionalidadEspañola (imprescindible). No se admiten aspirantes con solo nacionalidad de otro país, ni siquiera de la UE.
EdadMínimo 18 años, sin límite máximo específico (no superar la edad de jubilación vigente, ~65 años).
Estatura MínimaNo requerida para el acceso general (eliminado en 2023). Solo se mantiene para unidades especiales (UIP, UPR, GEO).
Formación AcadémicaTítulo de Bachillerato o equivalente (se acepta cualquier título superior). Nivel de educación secundaria post-obligatoria.
Permiso de ConducirLicencia de conducción clase B (automóviles) obligatoria.
Antecedentes PenalesNinguno. No haber sido condenado por delitos dolosos (graves o menos graves), ni inhabilitado para funciones públicas.
Compromiso con ArmasPresentar declaración jurada de compromiso de portar y usar armas en el servicio.
Aptitud Física y MédicaNo padecer enfermedades ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con la función (según cuadro médico oficial). IMC entre 18 y 28 (con excepciones por masa muscular). No consumir drogas o sustancias ilícitas.
Pruebas FísicasSuperar las pruebas obligatorias: circuito de agilidad, ejercicio de fuerza (dominadas para hombres o suspensión en barra para mujeres) y carrera de 1.000 metros.
TatuajesPermitidos. No son motivo de exclusión por sí solos, salvo que su contenido vulnere valores institucionales (ej. simbología ilegal u ofensiva).
IdiomasA partir de 2025, acreditar nivel A2 del Marco Común Europeo en inglés o francés.

Más Allá de la Estatura: Pruebas Físicas y Aptitud Médica

Si bien la altura ya no es un impedimento, la condición física y la salud general siguen siendo pilares fundamentales en el proceso selectivo. La Policía Nacional exige a sus aspirantes un nivel de aptitud que les permita desarrollar las exigentes funciones del día a día. Para ello, se deben superar una serie de pruebas físicas eliminatorias y un riguroso reconocimiento médico.

Pruebas Físicas:

Las pruebas físicas actuales para el ingreso en la Escala Básica de la Policía Nacional son las siguientes:

  • Circuito de Agilidad: Una prueba que evalúa la velocidad, la coordinación y la destreza del aspirante en un recorrido preestablecido con obstáculos. Es crucial para demostrar la capacidad de reacción y movimiento en situaciones operativas.
  • Ejercicio de Fuerza en Barra: Para los hombres, consiste en realizar un número mínimo de dominadas (flexiones de brazos en barra fija). Para las mujeres, se evalúa la capacidad de mantener una suspensión en barra durante un tiempo mínimo. Ambas pruebas miden la fuerza muscular del tren superior.
  • Carrera de 1.000 Metros Lisos: Esta prueba de resistencia aeróbica evalúa la capacidad cardiovascular del aspirante, que debe completar la distancia en un tiempo máximo establecido según tablas de puntuación.

Cada una de estas pruebas se puntúa de 0 a 10, siendo necesario obtener al menos 5 puntos de media para aprobar el conjunto. Un cero en cualquiera de ellas, o la no realización de alguna, implica la eliminación automática del proceso. Además, la transparencia y la legalidad se garantizan mediante controles antidopaje aleatorios (análisis de saliva, sangre u orina) que el tribunal puede realizar para verificar la no utilización de sustancias prohibidas que mejoren el rendimiento.

Aptitud Médica:

El reconocimiento médico es una fase crucial. El aspirante no debe presentar ninguna enfermedad, lesión o condición médica que limite su capacidad funcional para el trabajo policial. Existe un cuadro médico de exclusiones oficial, detallado en el Real Decreto 326/2021, que enumera las patologías incompatibles con el ingreso. Algunas de las condiciones que pueden ser motivo de exclusión incluyen:

  • Trastornos endocrinos o metabólicos descompensados (ej. diabetes no controlada).
  • Enfermedades infecciosas de riesgo.
  • Afecciones psiquiátricas serias (ej. esquizofrenia, trastorno bipolar no controlado).
  • Deficiencias físicas importantes (ej. ausencia o mutilación de miembros que dificulten la labor policial).
  • Problemas neurológicos graves (ej. epilepsia no controlada).
  • Adicciones a sustancias.

En cuanto a la visión y audición, los criterios se han relajado gracias a los avances médicos. El uso de gafas o lentillas no es impedimento si la agudeza visual corregida es adecuada, y se permiten cirugías refractivas siempre que la visión se haya estabilizado tras la recuperación. Enfermedades crónicas como el asma, la hipertensión o el VIH no excluyen automáticamente si están bajo control médico y no impiden el desempeño normal de las funciones; cada caso se evalúa individualmente. El Índice de Masa Corporal (IMC) también se tiene en cuenta, con un rango aceptable entre 18 y 28; si bien un IMC fuera de este rango podría ser motivo de exclusión, se contemplan excepciones si el exceso de peso se debe a masa muscular y no a grasa.

Finalmente, la no dependencia de drogas es un requisito innegociable. El reglamento exige que el candidato no consuma sustancias ilegales ni estupefacientes (exceptuando medicamentos prescritos). Los controles toxicológicos durante el proceso de selección aseguran el cumplimiento de este punto.

Formación Académica e Idiomas: Lo que Debes Saber

El nivel de estudios y el conocimiento de idiomas son otros factores determinantes en el proceso de selección.

Nivel de Estudios:

El requisito académico mínimo para opositar al Cuerpo Nacional de Policía es poseer el título de Bachillerato o una titulación equivalente o superior. Esto significa que es imprescindible haber completado la educación secundaria post-obligatoria en España, o haber homologado un título extranjero equivalente. Cualquier titulación superior (Formación Profesional de Grado Superior, diplomatura, grado universitario, etc.) es igualmente válida y puede ser una ventaja en términos de formación integral, pero el Bachillerato es el umbral mínimo.

Idiomas:

En este apartado, se han producido novedades significativas. Si bien tradicionalmente el conocimiento de lenguas extranjeras se valoraba como mérito mediante una prueba voluntaria, a partir de 2025 se ha establecido un nuevo requisito: la exigencia de acreditar un nivel básico (A2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas) en inglés o francés para el ingreso. Esto implica que el opositor deberá demostrar, mediante certificación oficial reconocida o el medio que establezca la convocatoria, que posee al menos un manejo elemental de uno de estos idiomas. Este cambio busca mejorar la capacitación lingüística de los nuevos agentes en un contexto globalizado, a la vez que simplifica el proceso al eliminar el antiguo examen de idioma específico de la oposición.

Edad y Nacionalidad: Criterios Fundamentales

Dos de los requisitos más básicos pero ineludibles para ser Policía Nacional son la edad y la nacionalidad.

Edad:

El aspirante debe tener 18 años cumplidos en el momento de la convocatoria. No se permite el acceso a menores de edad. En cuanto a la edad máxima, la normativa actual no establece un límite explícito, más allá de no superar la edad legal de jubilación obligatoria en la Policía Nacional, que se sitúa en torno a los 65 años. Esto representa un cambio respecto a décadas pasadas, cuando existían límites de edad más estrictos. Aunque la mayoría de los candidatos se encuentran en un rango de edad más joven (entre 18 y 35 años), la eliminación del tope máximo permite que personas de mayor edad, con la vocación y la preparación adecuadas, puedan también optar a una plaza.

Nacionalidad:

Para ingresar en la Policía Nacional es indispensable poseer la Nacionalidad Española. A diferencia de otros empleos públicos en España donde la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea puede ser suficiente, en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se exige ser ciudadano español, ya sea de origen o por adquisición (naturalización). Este requisito es excluyente y fundamental para el desempeño de funciones que implican la defensa de la seguridad y el orden público del país.

Tatuajes y Antecedentes: Flexibilidad y Rigor

Estos dos aspectos suelen generar muchas dudas entre los aspirantes, y es importante aclararlos.

Tatuajes:

Una de las noticias más aplaudidas por los jóvenes aspirantes es que, a día de hoy, los tatuajes no son un impedimento para ingresar en la Policía Nacional. La normativa actual ha flexibilizado considerablemente este punto. Ni la convocatoria ni el cuadro médico de exclusiones prohíben los tatuajes per se, sean visibles o no. Se ha confirmado que un tatuaje, por el mero hecho de existir, no es motivo de exclusión.

¿Cuál es el límite de estatura mínima para las aspirantes al cuerpo de Policía Nacional?
Es decir, con la norma en vigor que quiere eliminar el Ministerio, el límite de estatura mínima para las aspirantes al cuerpo de Policía Nacional está a dos centímetros de la media de las mujeres españolas, mientras que para los candidatos masculinos, se encuentra a nueve centímetros, como señala el ministro en su intervención.

Sin embargo, esta flexibilidad tiene un límite. Durante la entrevista personal, el tribunal puede preguntar sobre los tatuajes y su significado. Lo que se evalúa no es la existencia del tatuaje, sino su contenido. Tatuajes que reflejen ideologías contrarias a los valores constitucionales, que sean ofensivos, que promuevan la discriminación, la violencia o que contengan simbología ilegal (como emblemas neonazis o mensajes de odio) sí podrían influir negativamente en la valoración del candidato o incluso ser motivo de exclusión. Tatuajes con motivos personales, artísticos o familiares, siempre que sean neutros y no comprometan la imagen del Cuerpo, no supondrán ningún problema.

Antecedentes Penales y Conducta:

La integridad y la conducta intachable son requisitos indispensables para un futuro agente. No se permite el acceso a quienes tengan antecedentes penales por delitos dolosos (intencionales), ya sean graves o menos graves. Además, el aspirante no debe haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública (por ejemplo, haber sido expulsado de otro cuerpo de seguridad o de un cargo público) ni hallarse inhabilitado legalmente para empleo o cargo público. Se exige la presentación de certificados negativos de antecedentes penales y se verifica que el candidato no esté incurso en ninguna causa de inhabilitación. Cualquier antecedente penal, o estar implicado en procesos judiciales pendientes por delitos de los que pudiera derivarse una condena, supondrá la exclusión automática.

Conciliación Familiar: Apoyo a la Maternidad y Paternidad

El nuevo reglamento de procesos selectivos también introduce medidas importantes para fomentar la igualdad de oportunidades y la conciliación familiar, especialmente para las mujeres.

A partir de ahora, las mujeres que deseen ingresar en la Policía Nacional podrán aplazar sus pruebas de selección si se encuentran en periodo gestante, de parto o de postparto. Este aplazamiento también será efectivo para la realización o finalización del curso de acceso a las prácticas policiales si cualquiera de estas situaciones se produjese una vez superadas las pruebas de ingreso. Además, tanto las mujeres como los hombres que deban aplazar su incorporación al curso de ingreso por embarazo, nacimiento, adopción o acogimiento de un menor, serán dados de alta como funcionarios en prácticas desde el momento en que les correspondiera iniciar el curso. Esto es una ventaja significativa, ya que no verán reducida su antigüedad en la función pública debido a estas circunstancias familiares, garantizando así una mayor protección y apoyo a la conciliación.

Convocatorias Futuras: Plazas y Novedades Clave

La Policía Nacional realiza convocatorias anuales para el ingreso en la Escala Básica, ofreciendo miles de plazas en función de la tasa de reposición y las necesidades de agentes. Estas convocatorias son altamente competitivas y atraen a un gran número de aspirantes.

  • Plazas Recientes: En la convocatoria de 2024, se ofertaron 2.607 plazas para nuevos policías. En 2023, la cifra fue de 2.458 plazas.
  • Convocatoria 2025: El Gobierno ya ha aprobado en abril la Oferta de Empleo Público con 2.764 plazas para la Policía Nacional, publicada en el BOE del 16/04/2025. Se espera que la convocatoria oficial con las bases específicas (plazos de inscripción, fechas de exámenes, etc.) se publique en los próximos meses.
  • Nuevo Orden de Pruebas: Una novedad importante a partir de 2025 es el cambio en el orden de las pruebas. El examen de conocimientos pasará a realizarse antes que las pruebas físicas, y la entrevista personal y el reconocimiento médico se llevarán a cabo al final del proceso. Esto modifica la dinámica tradicional y permite a los aspirantes enfocar su preparación de manera diferente.

Los interesados deben estar muy atentos al Boletín Oficial del Estado (BOE) y a la página oficial de la Policía Nacional para conocer los detalles exactos de cada convocatoria, incluyendo los plazos de inscripción y las fechas de los exámenes.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

A continuación, respondemos algunas de las preguntas más comunes sobre el proceso de ingreso a la Policía Nacional:

¿Es necesario tener una altura mínima para entrar en la Policía Nacional?
No, desde 2023 se ha eliminado el requisito de estatura mínima para el acceso general a la Escala Básica de la Policía Nacional. Solo se mantiene para el ingreso en unidades especiales como la UIP, UPR y GEO.

¿Cuáles son los estudios mínimos requeridos?
El requisito mínimo es poseer el título de Bachillerato o una titulación equivalente o superior.

¿Puedo presentarme si tengo tatuajes?
Sí, los tatuajes están permitidos y no son motivo de exclusión por sí solos. Sin embargo, su contenido no debe vulnerar los valores institucionales o ser ofensivo.

¿Hay un límite de edad para opositar?
No existe un límite de edad máximo explícito, más allá de no superar la edad legal de jubilación en la Policía Nacional (aproximadamente 65 años). La edad mínima requerida es de 18 años.

¿Se puede aplazar el proceso de selección por embarazo o maternidad/paternidad?
Sí, las mujeres pueden aplazar sus pruebas o el curso de ingreso por embarazo, parto o postparto. Hombres y mujeres pueden aplazar la incorporación al curso por nacimiento, adopción o acogimiento de un menor, siendo dados de alta como funcionarios en prácticas para no perder antigüedad.

¿Es obligatorio tener carné de conducir?
Sí, es imprescindible contar con el permiso de conducción de clase B.

¿Se requieren conocimientos de idiomas?
A partir de las convocatorias de 2025, se exigirá acreditar un nivel básico (A2 del Marco Común Europeo) en inglés o francés.

¿Qué ocurre si tengo antecedentes penales?
No se permite el acceso a quienes tengan antecedentes penales por delitos dolosos o hayan sido inhabilitados para cargo público. El historial debe estar limpio.

¿Cuál es el nuevo orden de las pruebas a partir de 2025?
A partir de 2025, el examen de conocimientos se realizará antes que las pruebas físicas, y la entrevista personal y el reconocimiento médico se llevarán a cabo al final del proceso.

¿Dónde puedo obtener información oficial sobre las convocatorias?
La información oficial se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en la página web oficial de la Policía Nacional.

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