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Hurto de Menor Cuantía: ¿Un Delito o una Falta?

08/08/2025

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La seguridad ciudadana es una preocupación constante en la sociedad, y uno de los términos que más ha resonado en el ámbito legal y mediático recientemente es el de “menor cuantía”. Este concepto, aunque también presente en procesos administrativos del Estado, ha cobrado particular relevancia en el contexto de los delitos contra el patrimonio, específicamente el hurto. La delgada línea entre un delito y una falta, determinada por el valor del bien sustraído, ha sido objeto de una reciente modificación legislativa en Perú, buscando endurecer las penas y cerrar las puertas a la impunidad. Sin embargo, esta medida ha generado un amplio debate sobre su verdadera efectividad en la compleja realidad delincuencial.

¿Qué pasa si se hurta un objeto menor a la cuantía?
Cuando un sujeto hurta un objeto cuyo valor no sobrepasa a la menor cuantía, no se le impone una pena privativa de libertad. En el 2019, el término de la menor cuantía resonó en los medios de comunicación por el llamativo caso de un ladrón de celulares que salió libre múltiples veces.

Mientras que en el ámbito de la contratación pública, la Adjudicación de Menor Cuantía (AMC) representa un mecanismo simplificado para la adquisición de bienes y servicios de bajo valor, diseñado para agilizar los trámites y reducir las formalidades en las entidades estatales, su contraparte en el derecho penal, el hurto de menor cuantía, aborda una problemática completamente diferente, centrada en la protección del patrimonio de los ciudadanos. Es fundamental comprender esta dualidad para no confundir los contextos en los que se aplica este concepto.

Índice de Contenido

La Adjudicación de Menor Cuantía: Un Proceso Simplificado

La Adjudicación de Menor Cuantía (AMC) es, en esencia, el procedimiento de selección más sencillo dentro del régimen de contrataciones y adquisiciones del Estado. Su principal objetivo es facilitar la compra de bienes, servicios u obras de bajo costo, minimizando la burocracia y los requisitos formales. Esto permite que las entidades públicas puedan adquirir rápidamente lo que necesitan para su funcionamiento, siempre y cuando el monto de la transacción no supere un umbral específico establecido por la normativa vigente. La AMC es una herramienta vital para la eficiencia administrativa, asegurando que los recursos del Estado se utilicen de manera ágil para satisfacer necesidades de menor escala.

El Hurto de Menor Cuantía: Un Cambio en la Percepción del Delito

El término de la menor cuantía ha sido el epicentro de un intenso debate en el ámbito penal, especialmente en lo que respecta al hurto simple. Durante años, la legislación peruana permitía que hurtos de bienes con un valor relativamente bajo fueran clasificados como faltas, no como delitos, lo que a menudo resultaba en sanciones menores y, en muchos casos, en la liberación de los infractores sin una pena privativa de libertad. Esta situación generó una sensación de impunidad, alimentando la reincidencia y la frustración ciudadana. Casos mediáticos, como el de Rivaldo Alexander Legarda Vásquez, alias ‘El Negro’, quien fue liberado en múltiples ocasiones a pesar de ser capturado por hurtos de celulares, pusieron de manifiesto las limitaciones de la normativa anterior.

Ante esta realidad, el 14 de junio de 2023 se publicó en El Peruano la Ley 31787, una modificación crucial al artículo 444 del Código Penal. Esta nueva ley busca establecer un criterio más estricto para diferenciar el delito de hurto de una simple falta. El objetivo principal es dotar a la justicia de mayores herramientas para combatir la llamada “delincuencia menor”, que, aunque por el valor de lo sustraído pueda parecer insignificante, genera un enorme impacto en la percepción de seguridad de la población.

Antes y Después de la Ley 31787: Un Umbral Redefinido

La Ley 31787 ha modificado sustancialmente el umbral que define si un hurto simple es considerado un delito o una falta. A continuación, se presenta una tabla comparativa para entender mejor este cambio:

CriterioAntes de la Ley 31787Con la Ley 31787 (Desde Jun. 2023)
Valor del bien sustraído para ser considerado DELITOSuperior a 1.025 soles (una Remuneración Mínima Vital - RMV)Superior al 10% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a 495 soles (UIT 2023: 4.950 soles)
Clasificación si el valor NO supera el umbralFalta contra el patrimonioFalta contra el patrimonio
Sanción para la faltaPrestación de servicios comunitarios (40-120 jornadas) o días multa (60-180), sin pena privativa de libertad. Obligación de restituir.Prestación de servicios comunitarios (40-120 jornadas) o días multa (60-180), sin pena privativa de libertad. Obligación de restituir.

Esta reducción del umbral busca que un mayor número de hurtos sean tipificados como delitos, permitiendo así una persecución penal más efectiva y disuadiendo la reincidencia. El congresista Alejandro Muñante, impulsor de la ley, destacó que se busca poner “mano dura” contra la delincuencia sin aumentar las penas, sino reclasificando conductas.

Hurto vs. Robo: Una Distinción Crucial en el Código Penal Peruano

Para comprender cabalmente el alcance de la nueva ley sobre la menor cuantía, es indispensable diferenciar claramente entre los conceptos de hurto y robo, ya que el Código Penal peruano los trata de maneras distintas y con consecuencias legales muy diferentes. Esta distinción es la base para entender por qué la nueva normativa, aunque significativa, tiene un impacto limitado en la criminalidad general.

El robo, según el Código Penal, se define como el apoderamiento ilegítimo de un bien mueble, total o parcialmente ajeno, sustrayéndolo del lugar en que se encuentra, empleando violencia o amenazando a la víctima. La clave aquí es el uso de la fuerza física o la intimidación. Por ejemplo, si un delincuente arrebata un celular forcejeando con la víctima o amenazándola con un arma, se configura un robo. Las penas para el robo son considerablemente más severas, con una pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de ocho años, y pueden incrementarse aún más en casos de robo agravado.

Por su parte, el hurto se configura cuando una persona se apodera ilegítimamente de un bien mueble, total o parcialmente ajeno, sustrayéndolo del lugar donde se encuentra, pero sin emplear violencia ni amenaza. Un ejemplo claro de hurto sería tomar una bicicleta que se encuentra estacionada en la calle sin que su dueño se percate, o sustraer una cartera de un bolso sin que la víctima lo sienta. La pena privativa de libertad para el hurto simple es no menor de uno ni mayor de tres años.

Es crucial entender que la nueva ley de la menor cuantía aplica exclusivamente al hurto simple. Esto significa que si un hurto se comete bajo circunstancias que lo agravan, el valor del bien sustraído deja de ser relevante para determinar si es un delito o una falta. El hurto agravado se produce cuando el acto se ejerce en situaciones específicas, tales como:

  • Durante la noche.
  • Mediante destreza, escalamiento, destrucción o rotura de obstáculos.
  • Con ocasión de incendio, inundación, naufragio, calamidad pública o desgracia particular del agraviado.
  • Sobre los bienes muebles que forman el equipaje del viajero.
  • Mediante el concurso de dos o más personas.

En cualquiera de estas circunstancias, el hurto es considerado un delito grave, independientemente de si el valor del bien supera o no el 10% de la UIT. Esto subraya que la modificación de la ley se enfoca en un tipo muy específico de conducta delictiva, dejando intactas las penas y clasificaciones para robos y hurtos agravados.

Impacto y Críticas a la Nueva Normativa

A pesar de la intención de la Ley 31787 de fortalecer la lucha contra la delincuencia, ha recibido críticas significativas por parte de expertos y exautoridades. Carlos Basombrío, exministro del Interior, ha calificado la ley como “falsamente severa” y “una norma que no sirve para el objetivo”, argumentando que no ataca la raíz del problema de la inseguridad ciudadana en Perú. Sophia Icaza, abogada penalista, coincide en que la ley solo tendrá valor sobre actos muy puntuales de hurto simple y no constituye una respuesta integral a la actual criminalidad.

La principal objeción radica en que la problemática nacional más acuciante es el robo, no el hurto simple. Las estadísticas lo confirman: el robo de dinero, carteras y celulares es el hecho delictivo más común, afectando a un 11,2% de la población urbana en un periodo reciente. Además, cifras alarmantes del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) estiman que 4.000 celulares son robados cada día a nivel nacional, lo que equivale a tres celulares por minuto. Aunque muchos de estos casos podrían involucrar forcejeo o amenaza, y por ende ser considerados robo, en la práctica judicial a menudo son procesados como hurtos simples debido a la dificultad de probar la violencia.

La abogada Icaza resalta que existe una “delgada línea” entre el hurto y el robo, y que incluso un mínimo forcejeo por parte del ladrón ya debería convertir el acto en robo. Sin embargo, la carga de la prueba en el sistema judicial peruano puede dificultar esta clasificación, llevando a que muchos casos de lo que en esencia es un robo terminen siendo calificados como hurto simple, y, bajo la antigua ley, cayendo en la categoría de falta. Esto perpetúa la sensación de impunidad para los delincuentes y la victimización de los ciudadanos.

Los críticos sugieren que, si bien la ley es un paso, su alcance es limitado. La verdadera lucha contra la inseguridad requeriría una revisión más profunda del Código Penal, que algunos consideran “muy garantista” y que exige “demasiadas pruebas” para la condena de los delincuentes, especialmente en delitos de mayor impacto social.

Desafíos y Esfuerzos de las Autoridades

La seguridad ciudadana es una tarea pendiente y compleja que requiere la coordinación de múltiples actores. A pesar de los esfuerzos de la Policía Nacional del Perú, que realiza operativos y patrullajes constantes, los expertos coinciden en que la institución por sí sola no puede resolver el problema. Se hace imperativo un trabajo conjunto y articulado con el Ministerio Público, el Poder Judicial y otros organismos competentes para lograr una respuesta integral y efectiva.

Las autoridades están implementando estrategias para combatir la delincuencia. Un ejemplo de ello es el trabajo conjunto de la Municipalidad de Lima con la Dirección de Seguridad del Estado, que ha permitido la intervención de mercados negros de venta de celulares robados. Gracias a estos operativos, se han decomisado más de 8.000 teléfonos de dudosa procedencia, un reflejo de la cadena delictiva que se esconde detrás de cada robo.

Sin embargo, la efectividad de estas acciones se ve mermada si el marco legal no acompaña los esfuerzos operativos. La demanda por una revisión más profunda del Código Penal, que facilite la persecución y sanción de los delincuentes, es una constante. La nueva ley de la menor cuantía, aunque enfocada en un segmento específico, es un indicio de la voluntad legislativa de ajustar las herramientas legales para responder a la creciente preocupación ciudadana por la criminalidad.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué es la Unidad Impositiva Tributaria (UIT)?

La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es un valor de referencia establecido por el Estado peruano que se utiliza para determinar impuestos, multas, tasas y otros conceptos tributarios o administrativos. Su valor se actualiza anualmente. En 2023, la UIT fue de 4.950 soles.

¿Qué diferencia hay entre hurto simple y hurto agravado?

El hurto simple es la sustracción de un bien sin violencia ni amenaza. El hurto agravado se produce cuando el hurto simple se comete bajo circunstancias específicas que aumentan su gravedad, como realizarse de noche, con escalamiento, con la participación de dos o más personas, entre otras. La ley de menor cuantía solo aplica al hurto simple.

¿La nueva ley aplica para todos los tipos de robo?

No, la Ley 31787 que modifica el umbral de la menor cuantía aplica únicamente al hurto simple. Los robos (que implican violencia o amenaza) y los hurtos agravados se rigen por otras disposiciones del Código Penal y sus penas son independientes del valor del bien sustraído, siendo siempre considerados delitos.

¿Qué sucede si el valor de lo hurtado no supera la menor cuantía según la nueva ley?

Si el valor del bien hurtado no supera el 10% de una UIT (es decir, 495 soles en 2023), el acto se considera una falta contra el patrimonio y no un delito. La sanción no es pena privativa de libertad, sino prestación de servicios comunitarios (40 a 120 jornadas) o días multa (60 a 180), además de la obligación de restituir el bien o compensar los daños.

En conclusión, la modificación de la ley de la menor cuantía en el Perú representa un esfuerzo por adecuar el marco legal a la realidad de la criminalidad, buscando una mayor severidad para los hurtos de bajo valor que antes escapaban a la prisión. Sin embargo, el camino hacia una seguridad ciudadana efectiva es complejo y requiere no solo ajustes normativos, sino también una coordinación interinstitucional robusta y un debate continuo sobre la efectividad de las medidas adoptadas. La distinción entre hurto y robo sigue siendo fundamental, y los retos para la policía y el sistema judicial persisten en la lucha contra la delincuencia que azota al país.

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